REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, once de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2009-002373
Visto el escrito presentado ante la Unidad de Recepción de Documentos, de este Circuito Judicial Laboral recibido en el día de hoy, donde la Ciudadana Nancy Ferrer apoderada de la parte demandada en el presente asunto suficientemente identificada en autos, deja expresa constancia del desistimiento del procedimiento, en el presente asunto, en contra del tercero interviniente PDVSA PETROBOSCAN S.A. Es por lo que, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento del mismo. ; Se imparte su aprobación pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA. No se condena en costas a la parte solicitante San Antonio Internacional c.a. de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica procesal de Trabajo. Declarando la continuación del presente asunto en el juicio que por Diferencias de prestaciones sociales sigue el ciudadano DANILO OSORIO en contra de la demandada SAN ANTONIO INTERNACIONAL C.A. Ordenándose el cierre del procedimiento en cuanto al tercero interviniente, luego que conste la notificación de la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela de la presente decisión. De conformidad con lo establecido en el articulo 97 de la Ley Orgánica de La Procuraduría General de la Republica.
El Juez
Abg. Frank Guanipa
La Secretaria
Abg. Ana Mireya Pérez