REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
Maracaibo, nueve de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : VP01-R-2010-000443
ACTA
Se abrió la sesión presidida por el ciudadano Juez MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ, con la asistencia de la Secretaria Yasmely Borrego y el alguacil Pedro Parra.
Constituido el Juzgado en la Sala de Audiencias de la Coordinación Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las nueve de la mañana (09:00 am), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación ejercido por las partes codemandadas sociedades mercantiles VITRINOS, C.A., y ABADÍA LAS MERCEDES, C.A, contra la decisión de fecha 24 de septiembre de 2010, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue la ciudadana JAIDY YDALI PUERTA FERRER, frente a las sociedades mercantiles PE Y BE, C.A., VITRINOS, C.A., y ABADÍA LAS MERCEDES, C.A.
Se deja constancia de la asistencia a este acto de las codemandadas recurrentes, representadas por las abogadas Celida Zuleta y Alba Santeliz, asimismo, se deja constancia de la comparecencia del abogado Jesús López, en representación de la parte demandante.
Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a las partes codemandadas recurrentes a través de sus apoderadas judiciales, quienes expusieron los motivos de su apelación. Posteriormente, se le otorgó el derecho de palabra a la parte demandante a través de su apoderado judicial quien expuso los motivos por los cuales debía ser confirmado el fallo apelado.
Concluidas las exposiciones, ilustrado como se encuentra el Tribunal, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, vista la complejidad del presente asunto, así como de algunos elementos que requieren ser analizados con mayor profundidad, acuerda DIFERIR el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente al presente recurso, para el quinto (5to) día hábil siguiente al de hoy, a las doce meridiano (12:00 m). Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente acta.
El Juez,
Miguel A. URIBE HENRÍQUEZ
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA VITRINOS C.A.
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA ABADÍA LAS MERCEDES, C.A.
La Secretaria
Yasmely Borrego