REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

Este Tribunal en funciones de Ejecución acuerda realizar el Cómputo Legal de Pena, según Acta de Redención por el trabajo y el estudio, correspondiente a la penada JASMIN DEL VALLE FONSECA REYES, titular de la cedula de identidad Nº 11.608.031, Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 27-12-1972, soltero, hijo de Aliz Reyes y Raúl Fonseca, según lo dispuesto en el artículo 03 de la Ley de Redención Judicial por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el artículo 507 del Código Orgánico Procesal Penal y así tenemos:

La penada JASMIN DEL VALLE FONSECA REYES, fue condenada a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley contenidas en el Artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 84 ordinal 1° ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de A&L DISTRIBUIDORES y GABRIELA AMESTY.

Se evidencia que fue detenida en fecha 13-10-2007, hasta el día de hoy 17-05-2010, fecha en la cual se realiza el presente computo con redención, lleva detenida un lapso de DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES Y CUATRO (04) DIAS; De igual manera consta, actas de redención por el trabajo y el estudio, en la cual le redimen en diferentes fechas de cortes, CUATRO (04) MESES, TRES (03) DIAS y DOCE (12) HORAS, posteriormente NUEVE (09) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS, haciendo un total de tiempo redimido UN (01) AÑO, UN (01) MES Y VEINTISEIS (26) DIAS; Por lo que al realizar una sumatoria del tiempo de detención, mas el tiempo total redimido, hacen un total de TRES (03) AÑOS Y NUEVE (09) MESES de cumplimiento de pena, faltándole por cumplir: UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES y VEINTIUN (21) DIAS. Por lo que CUMPLE LA PENA PRINCIPAL EL DÍA: 17-08-2011. Cumplió una cuarta (1/4) parte de la pena para optar por el BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO el día: 17-11-2007. Cumplió un tercio (1/3) de la pena para optar por el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO el día: 17-04-2008. Cumplió dos tercios (2/3) de la pena para optar por el BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL el día 17-12-2009. Cumple las tres cuartas (3/4) partes de la pena para optar por el BENEFICIO DE CONFINAMIENTO el día: 17-05-2010; así como la SUJECIÓN A LA VIGILANCIA de la Autoridad por una quinta (1/5) parte del tiempo de la pena, después de terminada esta, la cumplirá el día 17-08-2012. ASI SE DECIDE