REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO. EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DEL ZULIA
Santa Bárbara del Zulia, 17 de Mayo de 2010
200° y 151°

Decisión Nº 074-10 Causa Nº J01-0503-09

Por cuanto la Defensora Pública N° 4 (S), representada por la ABOGADA YENNY CAROLINA SOSA CASTRO, mediante solicitud, recibida por este Tribunal, en fecha 20 de Abril de 2010, ha solicitado a favor de su defendido imputado JOSE DEL TRANSITO RONDON ALTAMAR, por la presunta comisión del delito ACTOS LASCIVOS, que extienda sus presentaciones, este Tribunal con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a resolver en los términos siguientes:

DE LA SOLICITUD DE LA DEFENSA

La defensa manifiesta, entre otras cosas, que su defendido el acusado de autos se encuentra bajo MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, dictada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, en fecha 16 de marzo de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, presentaciones periódicas ante el Tribunal cada ocho (08) días, siendo que ha cumplido cabalmente un régimen de presentaciones por un lapso superior a Un (01) Año y dos (02) meses; es por lo que solicita se extiendan tales presentaciones cada Treinta (30) días.

FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Con relación a la Extensión de las Presentaciones a favor del acusado de autos, observa este Tribunal que de acuerdo al Sistema Manual llevado ante el Departamento del Alguacilazgo en este Palacio de Justicia de esta Extensión Judicial, se deja constancia que dichas presentaciones iniciaron el día 16/03/2009 y hasta la presente fecha se observa de la revisión minuciosa realizada a los libros de presentaciones se observa que ha cumplido de manera acertada con las mismas tal y como fueron impuestas por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, cada ocho (08) días, por lo que se evidencia que el mismo se ha presentado por un tiempo prudencial, en el que se ha acogido al proceso; por lo que tal extensión de presentaciones procede en derecho. Y ASI SE DECLARA.-

DECISIÓN

Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA DEL ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECIDE: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Examen y Revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de la Libertad, solicitada por la ABG. YENNY CAROLINA SOSA CASTRO, Defensora Pública N° 4 (S), adscrita a la Unidad de la Defensa Pública, en su carácter de Defensora del ciudadano Acusado JOSE DEL TRANSITO RONDON ALTAMAR. SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR EXTENDER LAS PRESENTACIONES a favor del imputado JOSE DEL TRANSITO RONDON ALTAMAR, por la presunta participación en el delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el Articulo 45 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cada TREINTA (30) días, de conformidad con lo establecido en el artículo 264, en concordancia con el artículo 256, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Publíquese. Notifíquese. Compúlsese.

LA JUEZ DE JUICIO (S),


ABG. PATRICIA NAVA QUINTERO
LA SECRETARIA,

ABG. MARY LUISA VARGAS

En la misma fecha, la anterior decisión quedó registraba bajo el No. 074-10 en el Libro de Registro de decisiones llevado por este Tribunal en el presente año.
LA SECRETARIA,

ABG. MARY LUISA VARGAS.