REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.2


EXPEDIENTE Nº: 11424
MOTIVO: IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD
PARTES: Demandante: YEAISON ENRIQUE MADRIZ FUENMAYOR
Abogada Asistente: RUSSBELY ATENCIO
Demandada: CAROLINA CHIQUINQUIRA GARCIA ZAMBRANO


PARTE NARRATIVA

Consta en los autos que el en fecha 23 de Octubre de 2007, se recibió de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, demanda de IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD; incoada por el ciudadano YEAISON ENRIQUE MADRIZ FUENMAYOR, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-12.694.700, asistido por la Abogada en ejercicio Russbely Atencio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 105.408, en contra de la ciudadana CAROLINA CHIQUINQUIRA GARCIA ZAMBRANO.

Mediante auto de fecha treinta y uno (31) de Octubre de 2007, el Tribunal dio entrada, numero y formo expediente, ordenando a la parte actora a consignar copia certificada del acta de nacimiento de la niña y/o adolescente de autos.


Con ese antecedente, esté Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con la siguiente consideración:
PARTE MOTIVA
UNICO

Examinadas las actas procesales, observa este Juzgador que en fecha 31 de Octubre de 2007, este Tribunal; ordenó a la parte actora a consignar copia certificada del acta de nacimiento de la niña y/o adolescente de autos.

De la revisión de las actas este Tribunal observa que ha transcurrido el lapso correspondiente para que la parte actora de cumplimiento a lo requerido en el auto arriba mencionado, el cual es un requisito indispensable para la admisión de la presente demanda por ser este uno de los documentos base de la acción, por lo que debe declararse inadmisible la presente demanda; así debe ser declarado.

PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DE ESTADO

Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:

INADMISIBLE la demanda de IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD, incoada por el ciudadano YEAISON ENRIQUE MADRIZ FUENMAYOR, en contra de la ciudadana CAROLINA CHIQUINQUIRA GARCIA ZAMBRANO antes identificada, por las razones expuestas.

Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada por secretaria.

Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 2, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los veintiocho (28) días del mes de Mayo de 2.010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Juez Unipersonal Nº 2,


Dra. INES HERNANDEZ PIÑA




La Secretaria,


Abog. Militza Martínez Portillo



En la misma fecha, siendo las 9:20 a.m., previo anuncio de ley a las puertas del despacho, se dictó y publicó la anterior sentencia bajo el N° 703. La Secretaria.-
Exp.: 11424
IHP/ mg*