Exp. N° 3761




República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1

PARTE NARRATIVA
Consta de los autos solicitud de autorización judicial para cobrar introducida por la ciudadana ROSA SALAS BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.256.156, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistida por la abogada en ejercicio MARLENE GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.341.

Alega la parte solicitante que de la relación concubinaria que mantuvo con el ciudadano ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 9.765.845, procrearon cinco (5) hijos de nombres ENDERSON ALBERTO (difunto), ROXANA ANGELINA (mayor de edad), la adolescente ROSANGELY DEL CARMEN, y los niños ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, ahora bien, el referido ciudadano, falleció el 12 de Diciembre de 2009, según se evidencia del acta de defunción N° 25 emanada de la Registradora Civil de la Parroquia Montaña Verde del Municipio Torres del Estado Lara, el causante trabajo durante seis (6) años para la empresa LINK INTERNACIONAL, C.A., asimismo gozaba de un póliza de vida en la empresa de SEGUROS CATATUMBO C.A, y le corresponde una indemnización por parte de la empresa aseguradora STAR SEGUROS C.A, N° de póliza 9221000623-2 y también estaba afiliado al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, y es por esto que solicita se le autorice a retirar los beneficios y activos laborales así como cualquier otro beneficio que le pueda corresponder a sus hijos antes identificados como herederos de su difunto padre.

En fecha 25 de Febrero de 2010, se le dio entrada y se admitió en este Tribunal la solicitud, ordenándose notificar al Fiscal del Ministerio Público, cuya boleta fue agregada a las actas del expediente en fecha 30 de Abril de 2010.

Con esos antecedentes, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con las siguientes consideraciones:

PARTE MOTIVA
ÚNICO

Examinadas las actas procesales, observa este Tribunal que la referida solicitud fue realizada porque falleció ab-intestato el ciudadano ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN, dejando como herederos a sus hijos ROXANA ANGELINA (mayor de edad), la adolescente y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS.

Es importante destacar en relación al Interés Superior de Niños, Niñas y Adolescentes, lo establecido en el Artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, en su literal primero, en relación a la Protección sobre las medidas que este Órgano Jurisdiccional debe tomar para dictar sus decisiones:

En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés del niño

En este sentido, establece el artículo 1 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que “esta ley tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción”. Y es por lo cual el artículo 86 eiusdem establece que “todos los niños y adolescente tienen derecho a defender sus derechos por sí mismos. Se debe garantizar a todos los niños y adolescentes el ejercicio personal y directo de este derecho, ante cualquier persona, instancia, entidad u organismo”. En concordancia con el artículo 87 de la mencionada ley que establece que todos los niños y adolescentes pueden acudir ante un tribunal competente para la defensa de sus derechos e intereses.

Esto quiere decir, que en el caso de autos ha acudido la representante legal del adolescente y los niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, quien alega tener derechos e intereses como consecuencia del fallecimiento del ciudadano ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN, padre de la adolescente y niños de autos. Y en el presente caso, una vez cumplidos los requisitos de ley, debe entonces este Órgano Jurisdiccional ordenar se oficie a las referidas entidades para proceder al retiro de las cantidades de dinero que le corresponde a la adolescente y niños antes nombrados, para que dicha cantidad de dinero sea remitida a este Tribunal para su posterior depósito en el Banco Bicentenario. Así se establece.

PARTE DISPOSITIVA

DECISIÓN OFICIAL DEL ESTADO


Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio – Juez Unipersonal No. 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:

a) OFICIAR a la empresa LINK INTERNACIONAL, C.A, con la finalidad de que remitan en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las cantidades de dinero que les pueda corresponder a la adolescentes y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, como herederos del causante ciudadano ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN.

b) OFICIAR a la empresa SEGUROS CATATUMBO C.A,, con la finalidad de que remitan en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las cantidades de dinero que les pueda corresponder a la adolescentes y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, como herederos del causante ciudadano ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN.

c) OFICIAR a la empresa STAR SEGUROS C.A,, con la finalidad de que remitan en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las cantidades de dinero por concepto de N° de póliza 9221000623-2 y/o cualquier otra cantidad que les pueda corresponder a la adolescentes y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, como herederos del causante ciudadano ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN.

d) OFICIAR al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, con la finalidad de que remitan en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las cantidades de dinero que les pueda corresponder a la adolescentes y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, como herederos del causante ciudadano ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN.

e) No hay costas por la naturaleza del presente procedimiento.

Publíquese, Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, firmada y sellada en la Sala 1 del Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los (18) días del mes de Mayo de dos mil diez. 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez Titular Unipersonal No. 1,

Dr. Héctor Ramón Peñaranda Quintero.
La Secretaria,

Mgs. Angélica Maria Barrios
En la misma fecha en horas de Despacho se publico el presente fallo bajo el N° 151 en la carpeta de solicitudes llevadas por este Tribunal durante el presente año y se oficio bajo los N° 1840, 1841, 1842 y 1843. La Secretaria.-

HPQ/342*










República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1

Maracaibo, 19 de Mayo de 2010
200º y 151º

EXP 3761 / OFC. 1840


CIUDADANO:
GERENTE DE LA EMPRESA
LINK INTERNACIONAL, C.A.
CIUDAD.-


Participo a usted, que este Tribunal por resolución de esta misma fecha, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a la ciudadana ROSA SALAS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad No. 12.256.156, para que retire EN CHEQUE DE GERENCIA A NOMBRE DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y a favor de la adolescentes y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, cualquier cantidad de dinero que le pueda corresponder a la adolescente y niños antes mencionados, como herederos de su difunto padre ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° 9.765.845.
D I O S Y F E D E R A C I O N


DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nº 1



HPQ/342*-




















República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1

Maracaibo, 19 de Mayo de 2010
200º y 151º

EXP 3761 / OFC. 1841


CIUDADANO:
GERENTE DE LA EMPRESA
SEGUROS CATATUMBO, C.A.
CIUDAD.-


Participo a usted, que este Tribunal por resolución de esta misma fecha, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a la ciudadana ROSA SALAS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad No. 12.256.156, para que retire EN CHEQUE DE GERENCIA A NOMBRE DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y a favor de la adolescentes y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, cualquier cantidad de dinero que le pueda corresponder a la adolescente y niños antes mencionados, como herederos de su difunto padre ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° 9.765.845.
D I O S Y F E D E R A C I O N


DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nº 1



HPQ/342*-










República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1

Maracaibo, 19 de Mayo de 2010
200º y 151º

EXP 3761 / OFC. 1842


CIUDADANO:
GERENTE DE LA EMPRESA
STAR SEGUROS, C.A.
CIUDAD.-


Participo a usted, que este Tribunal por resolución de esta misma fecha, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a la ciudadana ROSA SALAS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad No. 12.256.156, para que retire EN CHEQUE DE GERENCIA A NOMBRE DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y a favor de la adolescentes y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, cualquier cantidad de dinero que le pueda corresponder a la adolescente y niños antes mencionados, como herederos de su difunto padre ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° 9.765.845.
D I O S Y F E D E R A C I O N


DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nº 1



HPQ/342*-











República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1

Maracaibo, 19 de Mayo de 2010
200º y 151º

EXP 3761 / OFC. 1843


CIUDADANO:
PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO
DE LOS SEGUROS SOCIALES
CIUDAD.-


Participo a usted, que este Tribunal por resolución de esta misma fecha, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a la ciudadana ROSA SALAS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad No. 12.256.156, para que retire EN CHEQUE DE GERENCIA A NOMBRE DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y a favor de la adolescentes y niños ROSANGELY DEL CARMEN, ENDER JOSE y JOSE ALBERTO BLANCO SALAS, cualquier cantidad de dinero que le pueda corresponder a la adolescente y niños antes mencionados, como herederos de su difunto padre ENDER ALBERTO BLANCO SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° 9.765.845.
D I O S Y F E D E R A C I O N


DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nº 1



HPQ/342*-