REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 20 de Mayo de 2010
200º y 151º



En el día de hoy, Jueves Veinte (20) de Mayo del año Dos Mil Diez (2010), día y fecha fijado y acordado para llevar a efecto este acto y siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento del ciudadano Ejecutante: NAYIN ALBERTO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.675.488, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.868, actuando con el carácter de apoderado Judicial de la parte ejecutante, constituido este Tribunal en el Estacionamiento Santo Domingo, ubicado en la Avenida 15, Sector San Miguel N° 4-92, Parroquia Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE SECUESTRO, sobre un vehículo signado con las siguientes características: MARCA: FORD, COLOR: BLANCO, MODELO: FIESTA, PLACAS: VCF-48D, siendo estas las características señaladas por el comitente, según lo ordenado en el expediente signado con el N° 419-10, emanado del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. En este estado esta Jurisdicción procede a notificar de la presente Comisión al ciudadano: CARMELO RAMON BARBOZA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.371.399, de este domicilio, quien se dio por notificado de la presente Comisión y manifestó ser el encargado o administrador del estacionamiento Santo Domingo. En este estado esta Jurisdicción procede a nombra Depositaria Judicial a la Depositaria Sur del Lago, C. A. (DEPOSURCA), representada en este acto por la ciudadana: FANY MARGOT CHAVEZ URDANETA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-4.333.384, quien estando presente aceptó el cargo para la cual fue designada y prestó el juramento de ley de la siguiente forma: ¿JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES DEL CARGO PARA EL CUAL HA SIDO DESIGNADA? Y contestó: Si: lo juro. En este estado procede a nombrar Perito Avaluador al ciudadano: ADALBERTO MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.078.914, quien estando presente aceptó el cargo para el cual fue designado y prestó el juramento de ley de la siguiente forma: ¿JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES DEL CARGO PARA EL CUAL HA SIDO DESIGNADO? Y contestó: Si, lo juro. En este estado el Perito Avaluador ocurrió y expuso: El vehículo objeto de la presente medida se encuentra en las siguientes condiciones: Dicho vehículo, antes identificado, coincide con los datos especificadas o contenidas en la comisión y las condiciones son las siguientes: Falta emblema delantero de la camisa, no tiene antena, vidrio delantero izquierdo no sube ni baja, los otros tres vidrios si funcionan, no tiene careta el Reproductor, sin gato, sin llave de Cruz, Repuesto, tiene los felpudos completos, pintura en regulares condiciones en general, tapicería en buen estado, cauchos en regulares condiciones con sus cuatro (04) copas, parabrisas delantero y trasero en buen funcionamiento; de acuerdo a lo solicitado por el Tribunal lo avalúo en la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,oo). Esta Jurisdicción administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: SECUESTRADO JUDICIALMENTE, el vehículo Ut Supra identificado y hace formal entrega del mismo a la Depositaria Judicial designada, recordándole la obligación en que se encuentra de cuidar el mismo como un buen padre de familia, de conformidad con lo establecido en el artículo 541 del Código de Procedimiento civil. Enmendado: Medidas, Domingo, PULGAR, JURA, designado. Valen. Siendo las 9:30 de la mañana se dio por cerrado el acto en Santa Paz. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El Apoderado Actor: Depositaria:
El Perito Avaluador El Notificado:
La Secretaria Temporal,
ABG. ZORAIDA ELENA MONTIEL



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 20 de Mayo de 2010
200º y 151º


Cumplida como ha sido la presente Comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado Comitente mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Secretaria Temporal,
ABG. ZORAIDA ELENA MONTIEL
En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de veinte (20) folios útiles, mediante Oficio número 6150-059.-
La Secretaria Temporal,
ABG. ZORAIDA ELENA MONTIEL