REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO,
COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, Doce de Mayo de 2010
200º y 151º


En el día de hoy, Miércoles Doce (12) de Mayo del año Dos Mil Diez (2010), día y fecha fijado y acordado para llevar a efecto este acto y siendo las 8:05 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la ciudadana Ejecutante: Abogada VIOLETA ADRIANZA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 40.672, actuando con el carácter de Apoderada Judicial, tal como se evidencia en actas del expediente, constituido este Tribunal en la Empresa ENELVEN C. A, ubicada en la Avenida Bolívar, al lado de El Comando de la Policía Regional de Santa Bárbara, Parroquia Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre el 50% de las utilidades, vacaciones, prestaciones sociales, caja de ahorro y fideicomiso, que le correspondan o le puedan corresponder al ciudadano: RAFAEL MAVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.775.956, como trabajador de la empresa ENELVEN, C. A., según lo ordenado en Expediente N° 47.519, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Esta Jurisdicción constituida en la Oficina de Atención al Cliente, la cual está a cargo de la ciudadana: OLGA MARGARITA SALCEDO PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.686.804, de profesión Licenciada en Administración de Empresa, quien manifestó al Tribunal que El Gerente de la Empresa es el Ingeniero Luis Labarca, y se encuentra en una reunión en la cual va a estar por espacio de dos (02) horas. Esta jurisdicción ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD, declara EMABARGADOS PREVENTIVAMENTE los siguientes conceptos: El Cincuenta por ciento (50% ) de las utilidades, de las vacaciones, prestaciones sociales, Caja de Ahorro y Fideicomiso; todos estos conceptos ut supra descritos les deben ser calculados hasta lo que él tenga o le pueda corresponder hasta el día de 12 de Mayo del 2010, y remitidos en Cheque de Gerencia al tribunal de la causa el cual está ubicado en la Avenida 2, El Milagro, Edificio Torre Mara, Sede del Poder Judicial en Maracaibo, Estado Zulia. Se el ordena al Gerente de esta oficina, arriba identificado, remitir de inmediato la presente acta de embargo a la Oficina que le corresponda ejecutar la misma a objeto de que no quede ilusoria la presente ejecución y salvar así su responsabilidad administrativa y judicial. Enmendado: El, Tribunal, embargo, oficina. Valen. Terminó, se leyó y conformes firman en Santa Paz.
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Apoderada Judicial,
La Notificada,
La Secretaria Temporal,
ABG. ZORAIDA ELENA MONTIEL




Este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprun, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, dando continuidad a las MEDIDAS DE EMBARGO PREVENTIVO, ordenadas según lo indicado en el Expediente signado con el N°47.519, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, se constituye en la Entidad Financiera BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, C. A, ubicado en: Calle Venezuela, frente al Comando de la Guardia Nacional, Casigua, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre el 50% de las cantidades de dinero que se encuentran en las Cuentas Corrientes N° 0116-0143-02-0006117384 y 0116-0143-08-00104880 del referido Banco, cuyo titular es la sociedad Mercantil HOTEL EBENEZER, C. A. debidamente inscrita por ante El Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el N° 38, tomo 90-A. y siendo las 10:15 de la mañana este Tribunal se constituye en la Oficina de la Gerente ciudadana: MAIRA DEL CARMEN GARCIA DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.783.064, de este domicilio y civilmente hábil, de profesión Licenciada en Ciencias gerenciales, quien manifestó a este tribunal ser la Gerente de Negocios. Esta Jurisdicción verificadas las cuentas N° 0116-0143-02-0006117384, tiene en su haber hasta este momento la cantidad de: MIL OCHOCIENTOS CATORCE CON CINCO CENTIMOS (Bs. 1.814,05) de la cual se retiene el 50% que suma la cantidad de NOVECIENTOS SIETE BOLIVARES CON TRES CENTIMOS (Bs. 907,03); y la Cuenta N° 0116-0143-08-00104880, la cual tiene en su haber hasta este momento la cantidad de: CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 5.439,72) de la cual se le retiene el 50% que suma la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 2.719,86); las cantidades retenidas fueron entregadas a este Tribunal mediante dos (02) cheques de gerencia, el que corresponde al primer número de cuenta por la cantidad de NOVECIENTOS SIETE BOLIVARES CON TRES CENTIMOS (Bs. 907,03) girado a favor del Tribunal Tercero en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, del Banco Occidental de Descuento con cheque N° 03835689 y el correspondiente al segundo número de cuenta por la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 2.719,86) girado a favor del tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, del Banco Occidental de Descuento con cheque número 03835690. Esta Jurisdicción actuando en nombre DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, decreta EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE por el 50% las dos (02) cuentas Ut Supra identificadas y mediante los dos (02) cheques de gerencia entregados a este Tribunal en el presente acto por la Gerencia arriba identificada. Enmendado: OCHENTA Y SEIS CENTIMOS, Civil, valen. Terminó, se leyó y conformes firman, en Santa Paz.- (N° Cuenta correcto es: 0116-0143-08-0010514880)
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Apoderada Judicial,
La Notificada,
La Secretaria Temporal,

ABG. ZORAIDA ELENA MONTIEL



Esta Jurisdicción procediendo a ejecutar la tercera medida correspondiente a un vehículo. Esta Jurisdicción constituida al frente de la Comandancia de la Policía Regional de Casigua el Cubo donde se encuentra el vehículo objeto de la medida, después de ser retenido por Policía; se nombra depositario judicial y perito práctico a la Depositaria Judicial Santa María (DEPOSALCA), perito al ciudadano: ADALBERTO MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.078.914, quien es el representante legal de la referida depositaria , quien estando presente aceptó los cargos para los cuales fue designado y prestó el juramento de ley en la siguiente forma: ¿JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES AL CARGO Y/O CARGOS PARA LOS CUALES HA SIDO DESIGNADO? Y contestó, Si, lo juro. El vehículo tiene las siguientes características: MARCA: FORD, MODELO: F-150 4.6L AUT, TIPO: PICK UP, AÑO: 2006, COLOR: BLANCO, SERIAL DE CARROCERIA: 3FTRF17W76MA27644, SERIAL MOTOR: 6A27644, PLACA: 14GVAW, USO: CARGA, CAPACIDAD CARGA: 845 Kgs., que pertenece al ciudadano: RAFEL MAVAREZ, identificado en actas, certificado de Registro N° 24360400 de fecha 05 de Marzo del 2007. En este Estado el Perito Avaluador procede a describir las condiciones en que se encuentra dicho vehículo: el vehículo retenido corresponde con las características antes descritas y se encuentra en las siguientes condiciones: No tiene gato, no tiene llave de cruz, pintura en buenas condiciones, tapicería en buenas condiciones, cajón en buenas condiciones, cauchos en buenas condiciones, repuesto en buenas condiciones y las luces todas en funcionamiento. Esta Jurisdicción ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, decreta SECUESTRADO JUDICIALMENTE el vehículo Ut Supra identificado y en las condiciones arriba señaladas. Esta Jurisdicción hace formal entrega del mismo a la Depositaria Judicial designada, recordándole la obligación en que se encuentra de cuidarlo como un buen padre de familia, de conformidad con lo establecido en el artículo 541 del Código de Procedimiento civil. Se deja constancia que el demandado de autos, ya identificado, estuvo presente y asistido por la abogada en ejercicio Fanny B. Solarte F., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.834.574. Enmendado: CARGO, VENEZUELA, siguientes. Valen. Terminó, se leyó y conformes firman en Santa Paz.-


El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

La apoderada Judicial,
El Perito y la Depositaria,
El Ejecutado y su abogada asistente,
La Secretaria Temporal,
ABG. ZORAIDA ELENA MONTIEL.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 13 de Mayo de 2010
200º y 151º


Cumplida como ha sido la presente Comisión, se ordena devolver Original con sus resultas con su respectivos Cheques de Gerencia en original, emitido por la Institución Financiera Banco Occidental de Descuento C. A, signado con los números: 03835689, Código Cuenta Cliente N° 01160143072120210100, de fecha 12 de Mayo del 2010, por un monto de NOVECIENTOS SIETE BOLIVARES CON TRES CENTIMOS (Bs. 907,03), girado a favor del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y cheque número: 03835690, Código Cuenta Cliente N° 01160143072120210100, de fecha 12 de Mayo del 2010, por un monto de DOS MIL SETECIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 2.719,86) al Juzgado Comitente mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ


La Secretaria Temporal,

ABG. ZORAIDA ELENA MONTIEL

En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de Trece (13) folios útiles, mediante Oficio número 6150-056-

La Secretaria Temporal,

ABG. ZORAIDA ELENA MONTIEL