En horas de Despacho del día de hoy, MARTES DIECIOCHO (18) de Mayo de dos mil diez, siendo las NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 AM), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida decretada por el Juzgado Tercero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil DROGUERIA REMEDIA C.A contra la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES GRECIA C.A. Se trasladó y constituyó el Tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, Abogado JOSE ALEXANDER CASTRO GONZALEZ, Inpreabogado Nº 67.631, específicamente en la sede de la Empresa INTELIGENT FOR HEALTH CARE C.A, ubicada en la avenida 3H-11 del sector Valle Frió en la Jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo, Estado Zulia. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar MARITZA MARGARITA BASABE GUERRERO, titular de la Cédula de Identidad Número V- 4.327.221, abogada con el carácter de ASESORA LABORAL inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.627, y a quién se impuso de la medida de Embargo Preventivo decretada en contra de la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES GRECIA C.A, identificada con el Número de Rif. J- 30811211-9. En este estado presente el Apoderado Judicial de la parte actora, expuso: Pido a este Tribunal que una vez llevada a efecto la notificación correspondiente, proceda a darle cumplimiento a la medida decretada por el Tribunal de la causa y para tal efecto señalo para que sean embargados preventivamente cualquier crédito o cantidades de dinero que puedan corresponderle a la demandada, Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES GRECIA C.A, en la relación que pueda llevar la referida Empresa con la empresa INTELIGENT FOR HEALTH CARE C.A. todo hasta cubrir la cantidad de CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ BOLIVARES (Bs. 103.810,00) Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS CUALQUIER ACREENCIA O CANTIDAD DE DINERO QUE PUEDA CORRESPONDERLE A LA SOCIEDAD MERCANTIL REPRESENTACIONES GRECIA C.A. A SU FAVOR EN LA EMPRESA INTELIGENT FOR HEALTH CARE C.A. TODO HASTA CUBRIR LA CANTIDAD DE CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ BOLIVARES (Bs. 103.810,00). Y ASI SE CONFIRMA. En este estado presente la ciudadana MARITZA MARGARITA BASABE GUERRERO, parte notificada en el presente acto, expuso: Por cuanto no se tiene






conocimiento de las acreencias que pueda tener la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES GRECIA, solicito un plazo de siete (7) días hábiles a fin de notificar al tribunal de la causa de las misma que pudiera tener la demandada”. Cumplida como ha sido la presente medida el Apoderado judicial de la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumento para la practica de esta medida para la cual fue comisionado. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El JUEZ:
LA NOTIFICADA:
ABOG. GUILLERMO INFANTE,

EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA:



LA SECRETARIA:
















COMISIÓN No 4522-10
EXP. 1995-10.