REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

COMISIÓN: 4737-10

En el día de hoy martes dieciocho (18) de mayo de dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por un local comercial donde funciona la fuente de soda HOOTERS, ubicada en avenida 78 esquina con avenida 3H, sin nomenclatura municipal visible, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio GUSTAVO ENRIQUE VILLALOBOS BOSCÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.306.345, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 73.514, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por el JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION sigue la ciudadana MARIANELA MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.805.934, domiciliada en esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES MARACAIBO WINGS C.A., debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 23 de agosto de 2005, bajo el Nº 41, Tomo 65-A, en la persona de su Director, ciudadano CKEN DAVID KRISTOFF, español, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº E-83.484.389. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana LEILA FLORENSE GONZALEZ ATENCIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.823.364, quien dijo ser ADMINISTRADORA de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MARACAIBO WINGS C.A., la cual funciona con el nombre comercial HOOTERS, y el mismo mostró a efectos videndi copia simple del Registro Mercantil, donde se evidencia que la Sociedad Mercantil que opera donde el tribunal se encuentra constituido es la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES MARACAIBO WINGS C.A., y a quien éste Tribunal le informó que podía comunicarse con un abogado de su confianza para que la asista. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como DEPOSITARIO JUDICIAL a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA), representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma”; procediendo el Tribunal a tomarle el juramento de Ley de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio GUSTAVO VILLALOBOS, antes identificado, expuso: “En virtud que entrare en conversaciones con la parte demandada solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas se Abstenga de ejecutar la misma por el día de hoy y fije nueva oportunidad cuando sea solicitado”. El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora se ABSTIENE de ejecutar la presente medida preventiva de embargo por el día de hoy. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Se ordena remitir las presentes actuaciones al juzgado de la causa. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 PM), del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LA NOTIFICADA–ADMINISTRADORA APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA

EL PERITO Y REPRESENTANTE
DE LA DEPOSITARIA
EL SECRETARIO TEMPORAL

ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG