REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 28 de Mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2006-003842
ASUNTO : OP01-P-2006-003842
RESOLUCION JUDICIAL
Corresponde a este Tribunal pronunciarse en relación a la solicitud realizada por la Abogado en ejercicio Carolina Lugo, en su carácter de defensa privada del penado LUIS ENRIQUE JIMENEZ PINO, titular de la cedula de identidad numero V- 4.045.618 , de 55 años de edad, quien cumple REPOSO POR ESTRICTA ORDEN MEDICA, en relación a la prorroga del reposo ordenado. En este sentido, consta en la pieza IV, folio 9, que el médico tratante ordenó reposo médico por 30 días más por los padecimientos de DIEBETES MELLITUS TIPO 2, HIPERTENSIÓN ARTERIAL, NEUROPATÍA DIABÉTICA, INFECCION VASCULAR ARTERIAL DE MIEMBROS INFERIORES, Y FINOSIS SEVERA al PENADO LUIS ENRIQUE JIMENEZ PINO, ya identificado, por lo tanto este Despacho ordena el cumplimiento del mismo, en las mismas condiciones, quedándole prohibida la salida de su residencia, con excepción de los traslados ordenados por el médico tratante al hospital, y con el debido apostamiento policial para su custodia. La defensa informará al Tribunal de la evolución del penado mediante la consignación de los respectivos informes médicos, con indicación expresa de la fecha en la cual comienza y culmina el período de reposo a los fines de decidir lo conducente, en resguardo de su derecho a la salud, consagrado en nuestra norma constitucional en el artículo 83, como derecho humano fundamental.
Regístrese, publíquese, déjese copia. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez de Ejecución
Abg. Jacqueline Márquez
La Secretaria
Abg. Maijolet Rojas.
4:09 PM