REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen y el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintiséis (26) de Mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2009-002350
Revisada como ha sido el acta transaccional de fecha catorce (14) de Mayo de 2010, la cual se da por reproducida en esta acta, donde comparecieron el ciudadano ROBERT SOTO, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad número V 7.821.314, inscrito en el inpreabogado bajo el número 72.701 en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DEIBY ATENCIO, ISRAEL FLORES, ENDER GOMEZ, PEDRO LOPEZ, MARCOS NAVA, JOSE LUIS MANJARREZ, JESUS ORELLANE, JOSE RUIZ y ELIAS SANCHEZ, parte actora y el ciudadano ENDER ENRIQUE CARDENAS CARABALLO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 120.213, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA OMEGA COMPAÑÍA ANONIMA parte demandada, donde las partes, de mutuo acuerdo han convenido en celebrar una transacción, con el fin de dar por terminada la presente causa, por cuanto es beneficioso para ambos, conviene en que la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA OMEGA COMPAÑÍA ANONIMA, le cancele a cada uno de los ciudadanos DEIBY ATENCIO, ISRAEL FLORES, ENDER GOMEZ, PEDRO LOPEZ, MARCOS NAVA, JOSE LUIS MANJARREZ, JESUS ORELLANE, JOSE RUIZ y ELIAS SANCHEZ, parte actora, la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 6.000,00), por los conceptos estipulado en la cláusula SEGUNDA de la presente transacción, quedando comprometida la empresa demandada de cumplir con los pagos establecidos para el día tres (03) de junio del 2010, este Tribunal visto que la transacción presentada, reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena no archivar el expediente hasta tanto conste de actas el cumplimiento de lo acordado por las partes en la transacción. Expídase copias certificadas a las partes.
LA JUEZ
ABG. ANA ÁVILA.
LA SECRETARIA.
ABG. MARILU DEVIS.
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