REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 28 de Mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000215
ASUNTO : NP01-D-2010-000215

Corresponde a este Tribunal dictar la decisión en fecha de hoy, en virtud de que el Fiscal Décimo Auxiliar del Ministerio Público, Abg. LERIDA RODRIGUEZ, mediante escrito de fecha de hoy, solicita al Tribunal le sea Decretada Libertad Inmediata al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART 65 LOPNNA por estar incurso en la presunta comisión del delito de contemplado en la Ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en virtud que para el momento de practicarse su aprehensión se le realizo revisión corporal de conformidad con el artículo 205 del Código Orgánico Procesal Penal, no incautándosele ninguna sustancias estupefacientes y psicotrópicas (droga), ni ningún otro objeto de interés criminalístico de conformidad con lo establecido en el Artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Este tribunal para decidir observa lo siguiente:
De la revisión realizada a las actas se evidencia que específicamente no existen en actas ningún elemento de convicción que haga presumir que el joven de auto esta incurso en ningún delito previsto en la Ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, solamente existe un acta de entrevista donde se puede evidenciar efectivamente que al joven de marra al realizársele la revisión corporal no tenia ninguna sustancias estupefaciente ni psicotrópica en su poder ni mucho menos ningún objeto de interés criminalístico, se evidencia que el joven Daniel Rodríguez estaba en compañía de otro joven adulto y que al realizarle la revisión corporal a este se le encontró en su poder unos envoltorios de presunta droga denominada marihuana, asimismo riela acta de entrevista realizada al funcionario policial ENNIO RAFAEL LOPEZ quien en su declaración señala que al revisar la revisión corporal al joven adulto fue a la persona que se le encontró en su poder los dos envoltorios de presunta droga denominada marihuana. Por otro lado debe entenderse que rigen los principios de legalidad y de lesividad principios propios del Sistema del Sistema Penal Juvenil y consiste en que estas conductas no están tipificadas como delictuales no puso en riesgo ni lesionó ningún bien jurídico, conforme al artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Lo prudente es otorgar LIBERTAD INMEDIATA

DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescente l Administrando Justicia En Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Decreta UNICO: LIBERTAD INMEDIATA del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART 65 LOPNNA (plenamente arriba identificado), conforme al artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena el egreso del adolescente desde la Sede de la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez. Envíese las presentes actuaciones al Ministerio Público vencido el lapso legal, Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZA,
ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ

LA SECRETARIA
ABG. SILVIA RONDON.