ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.009-1553
PARTE ACTORA: Ciudadano, JUAN JOSE BELLO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 17.241.885
APODERADO JUDICIAL: abogado HECTOR RODRIGUEZ UGAS, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 57.072.
PARTES DEMANDADAS: FOTO UNO, C.A.
APODERADO JUDICIAL: Abogado GUSTAVO SOSA, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 43.142.-

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy 12 de Mayo de 2010, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el ciudadano JUAN JOSE BELLO, asistidos de los abogados HECTOR RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial del accionante. La parte actora alega que le cancelen los montos correspondientes al concepto por diferencia de prestaciones sociales en las cantidades Bs. 18.515,81 por otra parte, la parte demandada expone: Que ciertamente reconoce la relación de trabajo del accionante y verificado los cálculos realizados en las diferentes audiencias y a los fines de dar por concluido el presente juicio ofrece la cantidad de Bs. 10.275, 00. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados antes señalados. Ambas partes acuerdan que el pago se realizará en tres (3) partes, el primer pago para el día 31 de mayo de 2010, por la cantidad de Bs. 3.500,00; el segundo pago por la cantidad de Bs. 3.500,00 para el día 15 de junio de 2010, el tercer pago por la cantidad de Bs. 3.275,00 para el día 30-06-2010, los mismos serán consignados por ante de la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación del Trabajo,
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, celebrado entre las partes. El Tribunal hace entrega de las pruebas promovidas por las partes.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.
LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO