JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, VEINTE (20) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

200° y 151°

Vista la anterior diligencia, suscrita por los ciudadanos JOSE F. MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.205.124, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LENNYS MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.478, parte demandada y el ciudadano CARLOS CAMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.840.823, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ROSAURA JAUHARI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.263, parte demandante en el presente juicio, este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, observa que se evidencia en autos que el ciudadano JOSE FELIX MARTINEZ, arriba identificado, no tiene cualidad alguna para recibir o efectuar tramites relativos a lo solicitado, siendo así, mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por las partes, por tal motivo se niega lo solicitado. Y así se decide.-




DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. YOHISKA MUJICA
LA SECRETARIA




Exp: 30.097
Yosellys