JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, VEINTE DE MAYO DEL DOS MIL DIEZ.

199° y 151°


Vista la anterior diligencia, suscrita por la abogada en ejercicio CHEILY CHERCIA, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 13.369.381, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.583, de este domicilio, con el carácter acreditado en autos, este Tribunal en virtud de que es un hecho público y notorio que la entidad bancaria MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A, parte accionante en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES (V.I), contra los ciudadanos EDWIN JOSE FUENTES TORRES y LELIS DE FUENTES, fue absorbida por la Sociedad Mercantil BANCO DE VENEZUELA, C.A, y hasta la presente fecha no consta en autos poder otorgado por esta empresa a sus representantes legales, siendo así, mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandante. En consecuencia este Tribunal niega lo solicitado. Y así se decide.


Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA.







Exp: 29.062
Yosellys