REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, catorce de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ACTA DE AUDIENCIA
HOMOLOGACIÓN DE TRANSACCIÓN.
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000427
PARTE ACTORA: CARLOS RAMIREZ, titular de la cédula de identidad: 20.378.366.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: IRAMA MONTERO, Inpreabogado: 36.202, Procuradora de los Trabajadores.
PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA DE SEGURIDAD, S.A. (VESESA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROQUE ARISPE, Inpreabogado: 98.652.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 14 de mayo de 2010, siendo las 8:45 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos CARLOS RAMIREZ, titular de la cédula de identidad: 20.378.366, asistido por su apoderada judicial abogada IRAMA MONTERO, Inpreabogado: 36.202, Procuradora de los Trabajadores; y la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE SEGURIDAD, S.A. (VESESA), en su condición de parte demandada, representada por su apoderado judicial abogado ROQUE ARISPE, Inpreabogado: 98.652; todos amplia y suficientemente identificados en actas, quienes han llegado a un acuerdo por la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 1.500,00); por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dan por reproducidos para que formen parte integrante de la presente acta; cantidad a ser cancelada en fecha 28 de mayo de 2010, y por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Laboral, a las 10:30 a.m.. Ambas partes en vista de la transacción antes referida, solicitan formalmente a la JUEZ DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, homologue el presente arreglo. El Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.
La Juez
El Secretario
Mgs. Judith Castro de Mendoza Abog. Joselyn Urdaneta.
Las Partes.
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