REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Miércoles Cinco (5) de Mayo de Dos Mil Diez
199º y 151º

ASUNTO : VP01-L-2006-001192
Vista la diligencia presentada y suscrita por la Ciudadana Abogada NANCY CHIQUINQUIRA FERRER en su condición de APODERADA JUDICIAL DE LA Sociedad Mercantil PETROBRAS ENERGIA DE VENEZUELA, C.A. parte demandada y condenada en el presente proceso en fase de ejecución, por una parte, y por la otra los ciudadanos GONZALO MÉNDEZ, ANGEL PAZ, GABRIEL PUCHE, EDILIA PITRE, AIDA BAPTISTA, JULIO UZCATEGUI Y LUZ DARY VIVARES en sus carácter de parte DEMANDANTES, e INTIMANTES DE COSTAS PROCESALES, tienen incoado en contra de la antes mencionada Sociedad Mercantil; por medio del cual acuerdan CONVENIMIENTO DE PAGO Y DESISTEN del mismo; este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la manifestación de voluntad de manera libre y sin coacción de los Ciudadanos antes mencionados, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE PAGO Y EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento de INTIMACIÓN DE COSTAS PROCESALES solicitado, por lo que se le imparte su aprobación pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA, todo de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicable por analogía al presente procedimiento, dando por terminado el presente juicio y ordenando su archivo judicial, no sin antes expedir copias certificadas de escrito de convenimiento de pago y desistimiento, así como de la presente resolución y de la diligencia solicitando las copias certificadas. Así se decide.
El Juez.
Abog. Alfredo García López.
La Secretaría.
Aboga. María Nogron