ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000596
PARTE ACTORA: JOSE URDANETA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: IRAMA MONTERO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES EURO AMÉRICA E&J, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DEYANIRA BRAVO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 24 de Mayo de 2010, siendo las 8:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE URDANETA asistido en este acto por la abogada IRAMA MONTERO procuradora de trabajadores y INVERSIONES EURO AMÉRICA E&J, C.A. empresa esta representada por su apoderado judicial abogada DEYANIRA BRAVO, quienes han llegado al siguiente acuerdo, la representación judicial de la demandada ofrece cancelar la cantidad de Dos mil bolívares (Bs 2.000,00) en este acto mediante cheque del Banco de Venezuela numero S-92 46004119, el trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes y se ordena el archivo definitivo del presente asunto

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes