REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (10) de Mayo del dos mil Diez (2010)
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000763
PARTE ACTORA: WILFREDO JOSE CIBIRA NEGRETE
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: LAURA MANSTRETTA
PARTE DEMANDADA: METALURGICA DEL LAGO C.A (METALAGO)
APODERADOS DE LA DEMANDADA: EVA FARINA GARCIA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Vista la transacción presentada en fecha 14 de Abril del año 2010 por ante la unidad de recepción y distribución de documentos por el ciudadano WILFREDO JOSE CIBIRA NEGRETE asistido por la abogada LAURA MANSTRETTA y la abogada EVA FARINA GARCIA actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil METALURGICA DEL LAGO C.A (METALAGO) Constante de (5) folios útiles y visto el contenido de la diligencia presentada en fecha 30 de Abril del presente año; Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MADIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada
Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alexis Figueroa