REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA






JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 05 de Marzo de 2010
199° y 150°


RESOLUCIÓN Nº 153-10 CAUSA N° 2E-618-10

Definitivamente firme como se encuentra, la sentencia N° 046-09 de fecha 07-12-2009, por el Juzgado en Octavo en Funciones de Control del Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual condeno al ciudadano NESTOR LUIS MUÑOZ, titular de la cedula de identidad N° V- 19.645.512, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 25 años de edad, hijo de FANNY MUÑOZ y de NESTOR GUERRA, y residenciado en el Conjunto Residencial paraíso del sol, calle 177 edificio Tamar IV, piso 3, apartamento 3F, San Francisco, Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3 y 6 del Código Penal, cometido en perjuicio del ELENA BERMUDEZ GONZALEZ; este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a ejecutar la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley; y por cuanto se observa que el mismo se encuentra en Libertad, se ordena su comparecencia ante este Tribunal para el día MARTES 16-03-2010, A LAS NUEVE (8:30 AM) DE LA MAÑANA, a los fines de imponerlo de las condiciones para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, prevista en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, como son: Acudir a la Unidad Técnica de Apoyo Al Sistema Penitenciario, para que se le practique el Pronostico de Clasificación de Seguridad, Consignar Oferta de Trabajo o Constancia Laboral, y de ser procedente acordar la misma. ASI SE DECLARA.






DISPOSITIVA

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra del ciudadano NESTOR LUIS MUÑOZ, titular de la cedula de identidad N° V- 19.645.512, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 25 años de edad, hijo de FANNY MUÑOZ y de NESTOR GUERRA, y residenciado en el Conjunto Residencial paraíso del sol, calle 177 edificio Tamar IV, piso 3, apartamento 3F, San Francisco, Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3 y 6 del Código Penal, cometido en perjuicio del ELENA BERMUDEZ GONZALEZ, y en consecuencia, se ordena su comparecencia por ante este Tribunal de Ejecución para el día MARTES 16-03-2010, A LAS NUEVE (8:30 AM) DE LA MAÑANA, a los fines de que se impongan de las condiciones establecidas en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal y de ser procedente acordar la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Publíquese, Regístrese, Notifíquese y Líbrese la Boleta de Citación.-
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCION

ABOG. MARIA JOSE ABREU BRACHO
LA SECRETARIA

ABOG. ROSA ZERPA

En la misma fecha se registró la presente resolución bajo el Nº 153-10, se libraron las respectivas Boletas de Citación y Notificación, y se oficio bajo los Nº 1147-10, 1148-10, 1149-10, 1150-10, 1151-10.-
LA SECRETARIA

ABOG. ROSA ZERPA
MJA/af.-
Causa 2E-618-10