República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas
Cabimas, 1 de Marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : VP11-P-2009-004360
ASUNTO : VP11-P-2009-004360
RESOLUCION No. 1J-41-10
Por cuanto se llevo a cabo el Acto de Constitución del Tribunal en la causa penal, signada con el Nº. VP11-P-2009-004360, seguida en contra de los acusados AMERICA GUADALUPE ALVAREZ, OSORIO FAUSTINO ROMERO PIÑA, y YAJAIRA COROMOTO GARMENDIA RIVERO, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en la parte in fine del artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, se resolvió en los siguientes términos:
En el día de hoy, (1) de Marzo del año 2010, siendo las (10: 00 am); día fijado para llevar a efecto la constitución de tribunal con escabinos en el presente asunto seguido en contra de los Acusados 1) AMERICA GUADALUPE ALVAREZ, 2).- OSORIO FAUSTINO ROMERO PIÑA, y 3).- YAJAIRA COROMOTO GARMENDIA RIVERO, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en la parte in fine del artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se constituye este Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, integrado por la Juez Dra. YOLEYDA MONTILLA y la Secretaria ABOG. DAYANA CAROLINA CASTELLANO TARRA, y acto seguido la Secretaria verifica la presencia de las partes, dejándose constancia de la presencia de los acusados 1) AMERICA GUADALUPE ALVAREZ, 2).- OSORIO FAUSTINO ROMERO PIÑA, y 3).- YAJAIRA COROMOTO GARMENDIA, previo traslado del reten de Cabimas, la defensa publica 4 ABOG. ADIB DIB, en representación de la defensa pública 4, la fiscal 44 del ministerio público ABOG. MIRTHA LUGO, el escabino LEONARDO ROJAS. De inmediato el tribunal informa a los presentes la importancia y significado, así como la posibilidad de constituirse en forma unipersonal, solicitando el derecho de palabra la Defensa Pública quien expone: Ciudadana jueza en conversaciones con mis defendidos los mismos me han manifestado su derecho de admitir los hechos, es por lo que la defensa renuncia al escabinado, y solicitamos se constituya el Tribunal Unipersonal, fijándose el juicio para el mismo día de hoy a los fines de la celeridad procesal, es todo. De inmediato el tribunal procede a explicarles a los acusados, y le concede la palabra, quienes exponen cada uno por separado: Ciudadano juez, en este acto renuncio al escabinado, y solicito se fije el acto de juicio para el día de hoy a los fines de su celebración y poder admitir los hechos, es todo. Este Tribunal con apego a lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, como derecho del acusado ORDENA CONSTITUIR EL TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL, y en consecuencia, fija el Juicio oral y publico para el día de hoy 01 de marzo del año 2010, a las (10:30 AM)
Sobre este particular, es importante señalar lo que al respecto señala el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal:
“Articulo. 164. Constitución del Tribunal. El día señalado se realizará la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y constituya definitivamente el tribunal mixto.
Las resultas de las notificaciones realizadas a los ciudadanos y ciudadanas que actuarán como Escabinos o Escabinas deberán constar oportunamente en autos.
En caso que hubiere que diferir la audiencia, ésta deberá ser realizada nuevamente en un plazo que no podrá exceder de diez días continuos.
Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal.
La audiencia no se suspenderá por inasistencia de alguna de las partes.
Constituido el tribunal mixto, se fijará fecha del juicio oral y público.” (Comillas, negrillas y subrayado del Tribunal)
De acuerdo a la citada disposición procesal realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal, de manera, que tomando en cuenta que en este asunto de han realizado efectivamente dos convocatorias a la Participación Ciudadana, sin que hayan comparecido el quórum suficiente, a pesar de haber sido efectivamente notificados, la consecuencia jurídica ajustada es a los efectos de imprimir celeridad procesal al proceso, aunado a que con ello se genera economía procesal, por lo que este TRIBUNAL DECLARA CONSTITUIR ESTE TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL en la causa signada con el Nº VP11-P-2009-004360, seguida a los acusados AMERICA GUADALUPE ALVAREZ, OSORIO FAUSTINO ROMERO PIÑA, y YAJAIRA COROMOTO GARMENDIA RIVERO, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose el JUICIO ORAL Y PUBLICO para el día de hoy 01 de marzo del año 2010, a las (10:30 AM), por lo que se ordenó lo pertinente. Y ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONSTITUIR EN FORMA UNIPERSONAL, este Tribunal para que proceda al juzgamiento en el asunto VP11-P-2009-004360, seguido a los acusados AMERICA GUADALUPE ALVAREZ, OSORIO FAUSTINO ROMERO PIÑA, y YAJAIRA COROMOTO GARMENDIA RIVERO, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en la parte in fine del artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y publíquese.
LA JUEZA PRIMERO DE JUICIO,
DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA
LA SECRETARIA,
ABOG CATRINA LOPEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede y se registró la decisión interlocutoria bajo el N° 1J-41-10-
LA SECRETARIA,
ABOG CATRINA LOPEZ
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