República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial



Juzgado Tercero de Control
Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia

Santa Bárbara de Zulia, 08 de Marzo de 2010
199º y 151º

SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Decisión 237-2010
Causa penal No. C03-0082-2002

Visto el escrito presentado por las Abogada NEILA ESTHER BERBECI, Fiscal Décimo Sexto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el cual solicita el Sobreseimiento de la causa seguida en contra del ciudadano ENRIQUE SEGUNDO RODRIGUEZ SILVA, en la causa penal No. C03-0082-2002, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal Venezolano, para la fecha en que se efectuaron los hechos, cometido en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de TOBIAS MANUEL GOMEZ PACHECO, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto de la revisión efectuada al escrito presentado por esa representación del Ministerio Publico, a criterio de esta Juzgadora no se hace necesario realizar Audiencia Oral, tal como lo establece el artículo 323 Ejusdem, por encontrarse debidamente fundamentado, y en razón de que en la presente decisión serán emitidas las correspondientes boletas de notificación a los fines de que las partes ejerzan su derecho de recurrir a las instancias superiores, para el caso de considerarlo. De lo ante expuesto, este Tribunal de Control previo a resolver observa:
Del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia la comisión de un hecho punible, ya que el mencionado imputado ENRIQUE SEGUNDO RODRIGUEZ SILVA, fue presentado por ante este Tribunal Tercero de Control en Audiencia de presentación de imputados el día 10 de Abril de 2002, por la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público, y asistido en ese acto por la Abogada NOIRALITH GONZÁLEZ URDANETA , Defensora Pública No. 2, siendo otorgada en esa oportunidad al mencionado ciudadano la libertad inmediata, de conformidad con los artículos 44 ordinal l, y 49 ordinal 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, toda vez que el hecho producido en fecha 07-04-2002, cuando fue aprehendido por funcionarios de Transito Terrestre, seccional Santa Bárbara de Zulia, por cuanto en la madrugada del día domingo 10 de abril de 2002, a la altura de la vía que conduce al aeropuerto de Santa Bárbara de Zulia, se produjo una colisión entre vehículos, una camioneta Dodge y moto tipo Yamaha, conducida por el ciudadano quien en vida respondía al nombre de TOBIAS MANUEL GOMEZ PACHECO, quien fallece posteriormente a los hechos en la ciudad de Mérida, producto del politraumatismo sufrido y hemorragia interna, según certificado de defunción, emanado del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Dirección de Epidemiología , situación 3esta que configura el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal Venezolano, características en este tipo de homicidio esencial como es la imprudencia o negligencia por parte de la persona actora del hecho. De lo narrado ut supra, se presume el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal Venezolano, dado que no esta demostrado en actas elementos de convicción que puedan imputar a la persona de ENRIQUE SEGUNDO RODRIGUEZ. Igualmente se observa que desde el momento en que ocurrieron los hechos, vale decir, 10 de Abril de 2002, han transcurrido más de nueve (09) años, según lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, esto para que opere la PRESCRIPCIÓN ORDINARIA. Razón por la cual esta Juzgadora, considera procedente y ajustado a derecho, acordar el Sobreseimiento de la presente causa; de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Artículo 48 ordinal 8° Ejusdem. ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano ENRIQUE SEGUNDO RODRIGUEZ SILVA, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad No. 13.562.717, residenciado en el Barrio Buena Vista, calle 3, casa s/n, sector La Perrera, Municipio Colón del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Y por cuanto no existen direcciones precisas del presunto imputado ni de algún familiar del occiso, se procede a publicar las boletas de notificación a las puertas del Tribunal. De conformidad con el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.-
LA JUEZA TERCERO DE CONTROL

GRECIA GRISET GARCIA RANGEL
LA SECRETARIA,

ABOG. WENDY MARINA HERNANDEZ CARLY
En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N° 237-2010.- se compulsó copia de archivo, y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación, según Oficio N° 698-2010.

LA SECRETARIA

ABOG. WENDY MARINA HERNANDEZ CARLY