JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 17 de Marzo de 2010
199º y 151º
Vista la diligencia de fecha 15 de Marzo del presente año, suscrita por el abogado en ejercicio LUIS TRUJILLO ESCANDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 42..942, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano RAFAEL RODRÍGUEZ, el Tribunal provee de conformidad, en consecuencia de conformidad con el Artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, declara en Estado de Ejecución de la Sentencia dictada por este Juzgado de fecha 05 de Junio de 2008, y confirmada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 08 de Mayo de 2009.- Asimismo, el Tribunal procede a levantar la medida de embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha 22 de Noviembre de 2006, ejecutada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 30 de Enero de 2004, en lo que se refiere al treinta por ciento (30%) de la pensión por invalidez, utilidades o aguinaldos, retroactivos y cualquier otro beneficio laboral que le pudiera corresponder al ciudadano RAFAEL ARCANGEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.084.288, como pensionado de la Policía Regional del Estado Zulia y del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.- Ofíciese.- Quedando anotada bajo el No.
El Juez Provisorio, La Secretaria,

Abg. Carlos Rafael Frías María Rosa Arrieta F.






CRF/jspl.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA Exp. No. 9951
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO Maracaibo, 17 de Marzo de 2009
Circunscripción Judicial del Estado Zulia 199º y 151º
MARACAIBO

No. 0360-2010.-

CIUDADANO:
DIRECTOR DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES
SU DESPACHO.-
Comunícole a usted, que en el juicio que por PENSIÓN DE ALIMENTOS, seguido por la ciudadana MARIA DE JESÚS MÁRQUEZ, en contra del ciudadano RAFAEL RODRÍGUEZ, este Tribunal por auto de esta misma fecha, levanto la Medida de Embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha 22 de Noviembre de 2006, ejecutada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 30 de Enero de 2004, en lo que se refiere al treinta por ciento (30%) de la pensión por invalidez, utilidades o aguinaldos, retroactivos y cualquier otro beneficio laboral que le pudiera corresponder al ciudadano RAFAEL ARCANGEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.084.288, como pensionado de la Policía Regional del Estado Zulia y del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.-
Comunicación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS
- Juez Provisorio-







CRF/jspl.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA Exp. No. 9951
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO Maracaibo, 17 de Marzo de 2009
Circunscripción Judicial del Estado Zulia 199º y 151º
MARACAIBO

No. 0361-2010.-

CIUDADANO:
PROCURADOR DE LA PROCURADURÍA DEL ESTADO ZULIA
SU DESPACHO.-
Comunícole a usted, que en el juicio que por PENSIÓN DE ALIMENTOS, seguido por la ciudadana MARIA DE JESÚS MÁRQUEZ, en contra del ciudadano RAFAEL RODRÍGUEZ, este Tribunal por auto de esta misma fecha, levanto la Medida de Embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha 22 de Noviembre de 2006, ejecutada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 30 de Enero de 2004, en lo que se refiere al treinta por ciento (30%) de la pensión por invalidez, utilidades o aguinaldos, retroactivos y cualquier otro beneficio laboral que le pudiera corresponder al ciudadano RAFAEL ARCANGEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.084.288, como pensionado de la Policía Regional del Estado Zulia y del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.-
Comunicación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS
- Juez Provisorio-







CRF/jspl.-