PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil, se declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos REGULO LLANOS LOPEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-5.853.958 y NELI JOSEFINA SULBARAN SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-1.654.215, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído el día treinta (30) de Abril de 1965, por ante el Jefe Civil y Secretario del Municipio Santa Bárbara del antiguo Distrito Maracaibo del Estado Zulia, lo cual se evidencia de acta signada con el Nº 47.
Se deja constancia, que los ciudadanos antes identificados procrearon dos hijos de nombres MARCO ANTONIO LLANOS y JESUS VALERIO LLANOS, mayores de edad y de este domicilio, y que no obtuvieron bienes que conformen la comunidad conyugal.