REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.647.-
En el día de hoy, 12 de Marzo del año dos mil diez, siendo las 9:20 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa ENELVEN, ubicada en el Centro de Operaciones Sur, al lado de la Ferretería Bicolor vía Kilómetro 8 carretera Perija, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 16708. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana DAISELI GUTIERREZ PIRELA, portador de la Cédula de Identidad No. 16.351.199, en contra del ciudadano TONY JOSE CHAVEZ FUENMAYOR, portador de la Cédula de Identidad No. 14.895.638, actuando en interés y beneficio de los niños DAYANA CHIQUINQUIRÁ Y TONY JOSE JUNIOR CHAVEZ GUTIERREZ.- En este estado presente el ciudadano (a): DAREXY MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad No. 7.611.217, quién se identifico con el carácter de ANALISTA DE GESTION DE GENTE. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó MEDIDA DE EMBARGO: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del salario que devenga el demandado TONY JOSE CHAVEZ FUENMAYOR, en ENELVEN.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las Prestaciones Sociales y Fideicomiso.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las Utilidades o bonificaciones especiales que le corresponden al ciudadano TONY JOSE CHAVEZ FUENMAYOR.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre Primas por hijos y útiles escolares que le corresponden al ciudadano TONY JOSE CHAVEZ FUENMAYOR.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, C y D” deberá ser entregados a la demandante de autos en un Cheque de Gerencia a nombre de la misma ciudadana DAISELI GUTIERREZ PIRELA, portadora de la Cédula de Identidad No.16.351.199, y la cantidad contenida en el literal “B” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP. No. 16708. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECALRA EMBARGADO, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 9:25 AM.
LA JUEZ,
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:
ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG
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