En el día de hoy, Once (11) de Marzo del año dos mil diez (2010); siendo las nueve y treinta (9:30am) minutos de la mañana, hora de apertura del presente acto en el día fijado por el tribunal para dar cumplimiento a la medida de Secuestro decretada en el juicio de Partición de herencia seguido por MERYS SEGUNDA CUENCAS CHIRINOS quien actúa en su propio Nombre y representación de su menor hija, la niña Gabriela José Aparicio Cuencas, y por los ciudadanos YOSMERYS GABRIELA y YOVANNY NEMECIO APARICIO CUENCAS, contra MAYBELIS MAGDELY BONIA BONIA, por ante el tribunal de PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, sala de juicio N° 02 extensión Cabimas, y para la cual fue comisionado este tribunal.- A señalamiento del apoderado judicial abogado en ejercicio ELEYDA CUENCAS CHIRINOS, titular de la cedula de Identidad N° V- 5.929.950 e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 53.660 se traslado y constituyo este órgano ejecutor de medida en un inmueble ubicado en el sector el Cilantrillo Municipio Simón Bolívar, Parroquia Rafael Maria Baralt del Estado Zulia.- Una vez allí constituido se procedió a imponer y notificar del objeto de su traslado al Orlando Castellar Martínez, de nacionalidad Colombiana mayor de edad, con numero de pasaporte 7.928.004, quien manifestó al tribunal ser trabajador del fundo o finca Santa Isabel como se le conoce, sin constatar dicha información ya que no aparece aviso o nomenclatura visible.- El tribunal deja constancia que a través de los apoderados actores se estableció comunicación Vía telefónica con la demandada para que haga acto de presencia en el lugar de la ejecución, y este órgano ejecutor concede un lapso de espera prudencial para que la misma concurra al sitio para su debida notificación y respetando los derechos que le asisten según lo establecido en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.-
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