Porlamar, 02 de marzo de 2010.-

199º y 151º

Visto el CONVENIMIENTO, de fecha 27 de enero de 2010, el cual riela del folio diecinueve (19) al veintiuno (21) del cuaderno de medidas, signado con el N° 10-1331, nomenclatura interna de este Tribunal, suscrito por las partes ciudadana NEUDY DEL VALLE MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.409.586, asistida por la abogada en ejercicio ciudadana ANA MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.442 y la parte demandada ciudadano ARTURO PARDO CORREDOR, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.731.595, asistido por la abogada en ejercicio ciudadana ANA MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.442, en el juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se deja sin efecto la Medida preventiva de secuestro decretada en fecha 12 de enero de 2010, por el Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta misma Circunscripción Judicial y practicada en fecha 27 de enero de 2010, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta misma Circunscripción Judicial, y se ordena el archivo del expediente. CUMPLASE.
EL JUEZ,


ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ,
LA SECRETARIA,

ABG. ENMYC ESTEVES PAREJO.

MML.-
Exp. Nº. 10-1337.-