REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 08 de marzo de Dos Mil diez.
199° y 151°
Vistos los escritos y sus anexos consignados por la ciudadana SUSANA DEL CARMEN EL HOUSINI DE ABBOUD, titular de la Cédula de Identidad N° 12.537.851, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio ORLANDO JOSE RIVER MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.243, así como la diligencia suscrita por el ciudadano RABI ABBOUD, extranjero, titular de la Cédula de Identidad N° E-83.616.014, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio ROSIBEL BARRIOS, este Tribunal acuerda suspender la medida de Prohibición de Salida del País decretada por este Juzgado en fecha 07-08-2.007, a favor del Niño (Cuya Identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y en consecuencia, se da por terminada la presente acción, ordenándose el cierre y archivo del presente expediente. Ofíciese lo conducente a la Dirección del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, con sede en la ciudad de Caracas, Dtto. Capital, y esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas, así como a la Comandancia General de la Guardia Nacional del Paraíso, Caracas; a la Dirección de Inmigración del Aeropuerto Internacional “Simón Bolívar”, ubicada en Maiquetía, Estado Vargas. Quedan sin efecto el contenido de los oficio Nros. 13116, 13117, 13118 y 13119. Se libraron oficios Nros. 18398-2.010, 18399-2.010, 18400-2.010, 18401-2.010. Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL SEGUNDA
Abg. ELINA CIANO DE COOL´S
LA SECRETARIA
Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
EXP. N° 6156-2.007/JACKISS
|