REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL EDO MONAGAS. Maturín, 08 de Marzo de 2.010.-
SALA DE JUICIO
199° y 151°
I
Revisadas las actas Procesales este Tribunal observa: PRIMERO: Cursa ante este Tribunal el expediente signado con el No. 22521-2.009 que contiene el procedimiento de Divorcio 185-A, presentado por los ciudadanos Lizette Nadira Bermúdez Camino y Jesús Salvador Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.719.384 y V-8.372.933, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio Yngrid Le Brazidec, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.550, de este domicilio; SEGUNDO: Que en fecha 03 de Marzo del año 2.010, se recibió diligencia presentada la ciudadana Lizette Nadira Bermúdez Camino, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.719.384, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio Yarith Chacin Sotillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.670, de este domicilio, en la cual consigan acta de defunción del ciudadano Jesús Salvador Martínez; TERCERO: Que de conformidad con el articulo 184 del Código Civil Venezolano, el matrimonio se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges.
II
Por lo antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la ley, acuerda EXTINGUIR EL PRESENTE PROCEDIMIENTO de divorcio 185-A, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 del Código Civil Venezolano.
LA JUEZ PROFESIONAL PRIMERA,
Dra. MARIA NATIVIDAD OLIVIER.
LA SECRETARIA DE SALA,
Abog. MARIA FABIOLA TEPEDINO.
Exp. No. 22521-2009.-
Betil.
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