REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 25 de Marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2007-001829
ASUNTO : NP01-P-2007-001829
JUEZ: ABG. DILIA MENDOZA BELLO
SECRETARIA: ABG. MARIA ALEJANDRA CESIN
SANCIONADOS: IDENTIDADES DE ADOLESCENTES OMITIDAS
Defensa Pública:
ABG. MIGDALYS BRITO (ANDUJAR DAVID FERMIN ZAPATA)
Defensa Privada:
ABG. ANIBAL MARCANO CASANOVA (CARLOS ALFREDO BALAN)
ABG. ANIBAL MARCANO CASANOVA (CARLOS ALFREDO BALAN)
FISCAL DECIMO DEL MINISTRIO PÚBLICO: ABG. MIRIAN GARELLI
DELITO: ROBO IMPROPIO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON
RESOLUCION: REVISIÓN DE MEDIDA
De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida que cumplen los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA 2.- IDENTIDAD OMITIDA 3.- IDENTIDAD OMITIDA, sancionados a cumplir la sanción de UN (01) AÑO Y TRES (03) MESES DE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA todo de conformidad con lo establecido en los artículos 620, 622, y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE COOPERADORES, previsto y sancionado en el artículo 455 y 83 del Código Penal, en perjuicio de ELIAS ALEJANDRO ORIJUEN HENRIQUEZ, este Tribunal pasa a revisar la medida en los siguientes términos:
En fecha 13 de Noviembre del 2009, se Publicó la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control en la cual los ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS, fueron sancionados a cumplir la sanción de UN (01) AÑO Y TRES (03) MESES DE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA.
En fecha 25 de Noviembre de 2009, se realizo la ejecución y computo de las medidas que le fueron impuestas a los referidos ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS, siendo impuestos de su obligación de dar cumplimiento a la medida en fecha 10 de Diciembre del 2009 al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, y en fecha 15 de Diciembre del 2009 a los sancionados IDENTIDADES OMITIDAS.
En fecha 04 de Marzo del 2010 se recibe oficio N° S.S.S-0071-2010 proveniente del Departamento de Servicio Social de este Circuito Judicial Penal, referido al sancionado IDENTIDAD OMITIDA siendo su evaluación general favorable.
En fecha 04 de Marzo del 2010 se recibe oficio N° S.S.S-0072-2010 proveniente del Departamento de Servicio Social de este Circuito Judicial Penal, referido a al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, siendo su evaluación general favorable.
En cuanto al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por cuanto no se ha recibido su informe de evolución conductual, la ciudadana jueza mantiene el día de hoy entrevista con la Licenciada DIAGNORA CONDE y pide información sobre el adolescente y la Licenciada informó que este sancionado se graduó de bachiller, cuenta con el apoyo familiar, es educado, y es Evaluado FAVORABLE.
Es necesario dejar claro que aun cuando los sancionados fueron impuestos por el Tribunal de la decisión de Ejecución y computo El ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en fecha 10 de Diciembre del 2009 al sancionado y en fecha 15 de Diciembre del 2009 los sancionados IDENTIDADES OMITIDAS la ciudadana MARITZABEL CANDURIN señala que las entrevistas por ante su despacho se iniciaron en fecha 25-11-2009, fecha de la ejecución, y es esta la fecha que se tomará en cuenta a los fines del inicio en el cumplimiento de las medidas impuestas. Y en relación a IDENTIDAD OMITIDA la Licenciada Diagnorath Conde deja claro que el sancionado a su cargo inicia sus presentaciones el 15 de Diciembre del 2009.
Se determina que hasta el día de hoy 25-03-2010, Los sancionados IDENTIDADES OMITIDAS, hasta el día de hoy 25 de Marzo del 2010, han cumplido con la Medida Libertad Asistida por espacio de Cuatro (04) Meses y Dos(02) Días y le falta por cumplir esta medida durante Diez (10) Meses y Veintiocho (28) días, y respecto al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido Tres (03) Meses y Diez (10) Días y le falta por cumplir Once (11) Meses y Veinte (20) Dias.
DISPOSITIVA:
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE la medida de LIBERTAD ASISTIDA, a los sancionados IDENTIDADES OMITIDAS, se determina que los sancionados IDENTIDADES OMITIDAS, hasta el día de hoy 25 de Marzo del 2010, han cumplido con la Medida Libertad Asistida por espacio de Cuatro (04) Meses y Dos(02) Días y le falta por cumplir esta medida durante Diez (10) Meses y Veintiocho (28) días, y respecto al sancionado IDENTIDAD OMIOTIDA, ha cumplido Tres (03) Meses y Diez (10) Días y le falta por cumplir Once (11) Meses y Veinte (20) Dias. Estas Medidas son revisables de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. LA PROXIMA REVISIÓN DE LA PRESENTE MEDIDA SE REALIZARÁ EL 27 DE JULIO 2010. Impóngase la presente decisión al sancionado. Notifíquese a las partes. Oficiar a la Sociólogo Adscrita a esta Sección de Adolescente, enviársele copia de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO.
La Secretaria
ABG. MARIA ALEJANDRA CESIN