REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, veintidós de marzo de dos mil diez
199º y 151º

ACTA DE TRANSACCION.


ASUNTO : VP01-L-2009-002580
PARTE ACTORA: IVAN IRUS LIMON, PASAPORTE PERUANO N°: 25.522.234.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil POSADA MI RANCHO C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.


Revisada como ha sido la transacción recibida por este Tribunal en fecha 19 de marzo de 2010; suscrita por el ciudadano IVAN IRUS, asistido por la Procuradora de los Trabajadores, abogada JACKELINE BLANCO, Inpreabogado: 114.708; por una parte y por la otra el ciudadano RUBEN QUIROZ, titular de la cédula de identidad: 7.217.621, asistido por la abogada en ejercicio ROSARIO CARMONA, Inpreabogado: 39.445; todos amplia y suficientemente identificados en actas. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.

JC/jc
Abog. Joselyn Urdaneta.