ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000331
PARTE ACTORA: CARLOS MARIO RUA SIERRA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada Karin Aguilar, Inpreabogado N° 109.506.
PARTE DEMANDADA: PANADERIA LA NUEVA SUPER SIRIA DE OLBEH, C.A.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada Elsa Márquez Nava, Inpreabogado N° 46.684.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy,23 de Marzo de 2010, siendo las 10:10 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la apoderada judicial abogada Karin Aguilar en representación del demandante en su condición de Procuradora de Trabajadores y el ciudadano Assad Olbeh en su carácter de Propietario de PANADERIA LA NUEVA SUPER SIRIA DE OLBEH, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente asistida por la abogada Elsa Márquez Nava, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada pagará al demandante la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) de la siguiente manera: un primer pago por la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) el día 15/04/10 en la sede del Tribunal; un segundo pago por la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) el día 14/05/10 en la sede del Tribunal; un tercer pago por la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) el día 15/06/10 en la sede del Tribunal; y un cuarto y último pago por la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) el día 15/07/10 en la sede del Tribunal. Con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones y bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, indemnización sustitutiva de preaviso e indemnización por despido injustificado. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún ootro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes:
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