REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, uno de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2008-002255
Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha diecisiete (17) de Diciembre de 2009 por la abogada en ejercicio Gisela Urdaneta Romero, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 26.794, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada SGS VENEZUELA, C.A. y el apoderado judicial abogado Valmore Parra, inpreabogado N° 51.984 asistiendo a los ciudadanos YOHANNY JOSÉ SANCHEZ, ASCALIO PICÓN, JHONNY SANCHEZ ZAMORA, FRANK RINCÓN YHONI SANCHEZ OÑATE en su condición de parte actora, plenamente identificados en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga al demandante la cantidad de setenta y cinco mil bolívares (Bs. 75.000), observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo.
EL JUEZ,
ABOG. ANTONIO BARROSO El SECRETARIO,
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