Expediente No. VP01-L-2008-002486
En horas de despacho del día de hoy, 23 de marzo de 2010, siendo la fecha y hora fijada por éste Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por éste Juzgado en fecha 4 de diciembre del 2009, en la presente causa, que por reclamo de Prestaciones Sociales sigue el ciudadano MIGUEL MEZA, titular de la Cédula de Identidad No. 16.353.381, debidamente asistido por la ciudadana Abogada KAREN RODRIGUEZ, quien tiene el carácter de Procuradora de Trabajadores, en contra del ciudadano CARLOS GUTIERREZ, a titulo personal. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por la parte actora, el cual es la calle 70 con Avenida 9, diagonal a la empresa GESTIÓN TÉCNICA DE SEGURO, en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez presente el Tribunal en el sitio señalado se procedió a notificar al ciudadano CARLOS GUTIERREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 8.504.825, quien tiene el carácter de demandado. En este estado, las partes convienen, para dar por terminada la presente causa y cumplimiento al Acta de Transacción suscrita y homologada en fecha 6 de abril de 2009, en que el reclamado ciudadano CARLOS GUTIERREZ, ya identificado, pagará a la parte actora la cantidad de Bs. F. 1.460,00 (que comprende el saldo de la cantidad transigida y las costas de ejecución) los cuales se cancelan en este acto en dinero efectivo y de legal circulación en el país; en tal sentido solicitan al Tribunal se sirva homologar el presente convenimiento de pago. Este Juzgado, vista la anterior solicitud, procede a homologar el referido convenimiento, dándole carácter de cosa juzgada.
EL JUEZ
ABOG. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO
EL SECRETARIO
ABOG. MELVIN NAVARRO GUERRERO
LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADO ASISTENTE
EL DEMANDADO A TITULO PERSONAL
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