REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 11 de Junio de 2.010
200° y 151°

DECISIÓN N° 301-10 CAUSA N° 7E-203-09

Vista la comunicación suscrita por el T.S.U. Rafael Álvarez, Director (E) de la Cárcel Nacional de Maracaibo, de fecha 08-06-2010, mediante el cual solicita PERMISO DE TRASLADO, para la penada EUCARIS ELIZABETH FUENMAYOR TERAN, Titular de la Cedula de Identidad N° 13.301.808, a la ciudad de Caracas a los fines de participar en el evento “MUESTRA BICENTENARIA DE TEATRO PENITENCIARIO 2010”, a efectuarse en la Sala Juan Bautista Plaza de la Biblioteca Nacional, ubicada en el Distrito Capital, desde el 30 de Junio al 02 de Julio de 2010, de conformidad a lo establecido en el artículo 2 de la Ley de Régimen Penitenciario en desarrollo del artículo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; Este Juzgador antes de resolver sobre lo solicitado, pase a efectuar las siguientes consideraciones:

Establece el artículo 111 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela lo siguiente: “Todas las personas tienen el derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación…”. En tal sentido, vista la solicitud realizada por Rafael Álvarez, Director (E) de la Cárcel Nacional de Maracaibo, este Tribunal Séptimo en funciones de Ejecución de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso y con la debida custodia, AUTORIZA EL PERMISO DE TRASLADO solicitado, conforme a lo establecido en los artículos 111 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA EL PERMISO de traslado de la penada EUCARIS ELIZABETH FUENMAYOR TERAN, Titular de la Cedula de Identidad N° V-13.301.808, para viajar a la ciudad de Caracas a los fines de participar en el evento “MUESTRA BICENTENARIA DE TEATRO PENITENCIARIO 2010”, a efectuarse en la Sala Juan Bautista Plaza de la Biblioteca Nacional, ubicada en el Distrito Capital, desde el 30 de Junio al 02 de Julio de 2010, pernoctando en el lugar que designe el Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso y la debida custodia, conforme a lo establecido en los artículos 111 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debiendo reingresar a su Centro de Reclusión una vez concluido dicho evento deportivo. Regístrese la presente decisión y líbrese oficio a la Dirección de la Cárcel Nacional.
EL JUEZ SEPTIMO DE EJECUCION


DR. FRANKLIN USECHE.

LA SECRETARIA,

ABG. PATRICIA ORDOÑEZ

En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 301-10, se ofició bajo el N° 3365-10 al Director de la Cárcel nacional de Maracaibo, anexando Boleta de Notificación N° 805-10 dirigida a la penada.-

LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ


FU/bh.-
CAUSA Nº 7E-203-09.