REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 18 de Junio de 2010
200° y 151°

DECISIÓN N°. 379-10 CAUSA No. 1E-446-09.


Vista la solicitud presentada por el ciudadano T.S.U RAFAEL ÁLVAREZ, en su carácter de Director (E) de la Cárcel Nacional de Maracaibo, donde solicitan PERMISO DE TRASLADO, a favor de la penada LUZ AMRINA FERRER NOGUERA, titular de la cedula de identidad N° V-17.834.510, y del cual se lee: (…) “Tengo el honor de dirigirme a usted en la oportunidad de solicitar ante su despacho, a su digno cargo PERMISO DE TRASLADO, de los Privados de Libertad quienes participaran en el evento de “MUESTRA BICENTENARIA DE TEATRO PENITENCIARIO 2010” a efectuarse en la Sala Juan Bautista Plaza de la Biblioteca Nacional ubicada en Caracas Distrito Capital desde el 30 de Junio al 02 Julio del 2010, en el marco del elevado propósito de materializar nuestro objetivo primordial como lo es coadyuvar a la reinserción SOCAL del interno, tal como lo establece el artículo 2 de la Ley de Régimen Penitenciario en desarrollo del artículo 272 de nuestra Carta Magna”. Este Tribunal en atención a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Régimen Penitenciario, el cual establece: “Además de los beneficios que conceda el desarrollo progresivo de los tratamientos, se establecerán sistemas reglamentados de premios y privilegios que sirvan de incentivo inmediato a la mejor conducta y más favorable evolución del recluso”.
Razón por la cual este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución ACUERDA el PERMISO DE TRASLADO a favor de la penada LUZ AMRINA FERRER NOGUERA, titular de la cedula de identidad N° V-17.834.510, a los fines de trasladarse a la Ciudad de Caracas – Distrito Capital, desde el día 30-06-2010, hasta el día 02-07-2010, de conformidad con el artículo 51 de la Ley de Régimen Penitenciario. ASI SE DECIDE.-

Por los fundamentos antes expuestos y haciendo uso de las facultades conferidas por la ley en los artículos 478 y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley concede el PERMISO DE TRASLADO a favor de la penada LUZ AMRINA FERRER NOGUERA, titular de la cedula de identidad N° V-17.834.510, a quien se le sigue Causa por la Comisión del delito de SECUESTRO, en perjuicio de Francisco López Pérez y Oswaldo Andrés García Borrego, a los fines de trasladarse a la Ciudad de Caracas – Distrito Capital, desde el día 30-06-2010, hasta el día 02-07-2010, a objeto de participar en el evento de “MUESTRA BICENTENARIA DE TEATRO PENITENCIARIO 2010” a efectuarse en la Sala Juan Bautista Plaza de la Biblioteca Nacional, de conformidad con el artículo 51 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Regístrese la presente Decisión. Notifíquese a la Fiscal Vigésima Séptima del Ministerio Público y ofíciese al Director del Establecimiento Penitenciario de Maracaibo. ASÍ SE DECLARA.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,

DRA. DORIS NARDINI.
EL SECRETARIO,

ABOG. HUMBERTO SEMPRUM MORA.
En la misma fecha se registro la presente Decisión bajo el Nº 379-10 y se oficio bajo los N°. 3708-10 y 3709-10.
EL SECRETARIO,

ABOG. HUMBERTO SEMPRUM MORA.