REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 28 DE JUNIO DE 2010
200° y 151°
Causa N° 9C-S-1058-10 Decisión N° S-011-10
Investigación Fiscal No 24-F9-0615-10
Se registro el Ingreso de Solicitud de ORDEN DE APREHENSION del ciudadano GERMAN ENRIQUE FUENMAYOR MORENO, por el delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 405, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal Vigente, perpetrado en perjuicio del ciudadano OLIVARES LOPEZ JOSE VICENTE, por lo que este Juzgado para decidir observa las actas que conforman la investigación N° 24-F9-0615-10, la cual fue puesta a la vista de este Tribunal a efectos videndi para resolver y entre otras cosas, observa que:
En virtud de la Denuncia interpuesta por la ciudadana AURA ELISA GONZALEZ GONZAELZ testigo presencial del hecho, quien manifestó que se encontraba en su residencia limpiando el frente junto con una amiga de nombre JENIFER MARTINEZ y las mismas estaban conversando sobre un chisme que se estaba regando en el barrio donde decían que esta estaba saliendo con JOSE OLIVARES al cual apodan “Superman”, en ese momento llega JOSE OLIVARES y se pone a conversar con YENIFER MARTINEZ y esta sigue barriendo y al rato llega su ex marido de nombre GERMAN ENRIQUE FUENMAYOR MORENO, quien le dice: “Que fue Aura” y esta le contesta “que fue de que”, este se para y se queda mirando a JOSE OLIVARES y cuando esta recogiendo la basura con su comadre GERMAN FUENMAYOR saca un arma de fuego y le dice a JOSE: “Aja mardito seguí hablando lo que estabas diciendo de la mujer mía” por lo que esta intervino diciéndole que se quedara tranquilo porque ella no tenía nada con el y con JOSE OLIVARES tampoco pero él siguió insistiendo apuntándole a Superman y diciendo que si tiene algo con ella, este procedió a accionar el arma en dos oportunidades pero no disparó entonces revisó el arma y le dio vuelta al cilindro, la montó y apuntó a JOSE OLIVARES, en el momento es que esta procedía a tomar el teléfono a los fines de comunicarse con un organismo policial, GERMAN le dispara a JOSE OLIVARES y este cayo al suelo.
En tal sentido observa este Juzgador que existen fundados elementos de convicción para presumir que el ciudadano GERMAN ENRIQUE FUENMAYOR MORENO pudiera estar incurso en un hecho punible, en este caso, por el delito de HOMICIDIO previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de JOSE VICENTE OLIVARES LOPEZ. En virtud de Lo antes planteado, es por lo que se observa la comisión de un hecho punible como lo es el delito de HOMICIDIO, previstos y sancionados en el artículo 405, del Código Penal Vigente, perpetrado en perjuicio del ciudadano OLIVARES LOPEZ JOSE VICENTE, en virtud de lo narrado se ha cometido un hecho punible perseguible de oficio, no prescrito por lo que se encuentra llenos los extremos establecidos en el artículo 373 y 248 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano GERMAN ENRIQUE FUENMAYOR MORENO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, Titular de la cedula de Identidad N° 18.517225, residenciado en Municipio Maracaibo, Estado Zulia, y una vez aprehendido con el debido respeto a sus derechos y garantías, deberá ingresar inmediatamente en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", todo con fundamento en el artículo 44.1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECLARA.-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA EN FUNCIÓN DE CONTROL administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA LA APREHENSION del ciudadano GERMAN ENRIQUE FUENMAYOR MORENO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, Titular de la cedula de Identidad N° 18.517225, residenciado en Municipio Maracaibo, Estado Zulia, y una vez aprehendido con el debido respeto a sus derechos y garantías, deberá ingresar inmediatamente en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", por la presunta participación en el delito de HOMICIDIO, previsto y sancionados en el artículo 405 del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano OLIVARES LOPEZ JOSE VICENTE, todo con fundamento en el artículo 44.1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, solicitada por la Fiscalía 9° del Ministerio Público. Líbrese la ORDEN DE APREHENSION respectiva y con oficio remítase al Ministerio Público, por lo que una vez aprehendido deberá ingresar al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", a la orden del Tribunal de Control de Guardia de este mismo Circuito Judicial Penal.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL,
ABOG. LIEXCER AUGUSTO DIAZ CUBA
LA SECRETARIA,
ABOG. ANDREA PAOLA BOSCAN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se registro la presente solicitud bajo el N°. S-011-10 y se remitió la Orden de Aprehensión con oficio N° 1017-10 se remite a la Fiscalía 9° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
LA SECRETARIA,
ABOG. ANDREA PAOLA BOSCAN
LADC/ladc.-
Causa N° 9C-S-1058-10.-