REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, quince (15) de junio de 2010.-
200° y 151°
Visto el convenimiento celebrado en fecha ocho (08) de junio del corriente año, por el ciudadano RAUL VALBUENA QUEVEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.334, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano MIGUEL CHIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 13.590.696, asimismo el abogado en ejercicio JOSE RAMON PERALTA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 13.449, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano OSCAR CHANG, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 19.179.840; este Tribunal considerando que lo convenido por los intervinientes en la causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional, ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el presente Convenimiento, en los términos y condiciones expuestas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.-

PUBLIQUESE y REGISTRESE.-

Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.-

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil diez (2010).- Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,

ABOG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.-
LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
En la misma fecha, se dicto y publico la anterior resolución en el expediente signado bajo el Número: 12.954, la cual quedó anotada bajo el Número: 33.-
LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-







CRF/MRAF/vane*.-
Exp. Nro. 12.954.-


_____________________________________________________________________________