REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MACHIQUES Y ROSARIO DE PERIJÁ

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJA Y ROSARIO DE PERIJA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
MACHIQUES, PRIMERO (01) DE JUNIO DE 2010
200° y 151°
SOL. 428
Recibida la anterior solicitud se le dio entrada, y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admitió cuanto ha lugar en derecho, se formo expediente y se numero.- El ciudadano RUBEN MARQUEZ MENDEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 3.416.256, asistido por la abogada en ejercicio YESMIN VEGA GRANADO, Inpreabogado No. 68.547, domiciliado en la ciudad y Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, solicita se le declaren suficientes los derechos que tiene como Único y Universal Heredero en su condición de TIO MATERNO y los ciudadanos GUZMAN MARQUEZ MENDEZ, REGULO EDUARDO MARQUEZ MENDEZ, FIDEL MARQUEZ MENDEZ y RUBEN MARQUEZ MENDEZ, todos venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos. V-2.879.569, V-3.468.091 V-3.465.614 y V-3.416.256, respectivos, todos de este domicilio, de la causante MARIEN DEL CARMEN MARQUEZ MENDEZ, quien era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-16.107.357, domiciliada en la Parroquia Libertad del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia y quien falleciera en fecha Veinticinco (25) de Diciembre de 2005, en el Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia.- Los solicitantes acompañan los siguientes documentos: 1) Copia Certificada de Acta de Nacimiento y de la cédula de identidad correspondiente a la ciudadana MATILDE MARIA MARQUEZ; 2) Copia Certificada de Acta de Defunción No. 76, a la ciudadana MATILDE MARIA MARQUEZ, expedida por la coordinación civil de la Parroquia Libertad del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia; 3) Original de la certificación de Datos Filatorios de la ciudadana MARIEN DEL CARMEN MARQUEZ MENDEZ; 4) Copia Certificada de Acta de Defunción No. 315, de la ciudadana MARIEN DEL CARMNE MARQUEZ MENDEZ; 5) Copia Certificada de Datos Filiatorios del ciudadano RUBEN MARQUEZ MENDEZ y Actas de Nacimientos de los ciudadanos GUZMAN MARQUEZ MENDEZ, REGULO EDUARDO MARQUEZ MENDEZ y FIDEL MARQUEZ MENDEZ, expedidas por la autoridad competente. Ahora bien, de una revisión realizada a esta solicitud se observa que la ciudadana MATILDE MARIA MARQUEZ MENDEZ, era hija del ciudadano SALVADOR MARQUEZ, y para poder determinar con exactitud si existen otros herederos el Tribunal INSTA a la parte solicitante a consignar copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano SALVADOR MARQUEZ, a los fines de dictar la correspondiente declaratoria.
La Jueza

Abog. Cristina Rangel Hernández

La Secretaria Temporal

Abog. Rita Mercedes Mendez





La Secretaria Temporal