En horas de Despacho del día de hoy VIERNES ONCE (11) de Junio de dos mil Diez, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de ENTREGA del bien mueble (VEHICULO), decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, Jesus Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO y DAÑOS y PERJUICIOS sigue la Ciudadana LEYDA URDANETA PORTILLO contra el Ciudadano MARIO RAFAEL PUERTA PORTILLO. Se trasladó y constituyó el Tribunal en el sitio indicado por el apoderado judicial de la parte demandada abogado ALVARO ALFREDO GUEVARA BARROSO, Inpreabogado No, 53.714, específicamente en la sede donde funciona el estacionamiento de la Depositaria Judicial SANTA MARIA, C.A, ubicado en el Barrio LOS HATICOS, AV. 17, local No 119-48, Parroquia Cristo de Aranza, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Seguidamente y una vez presente el Tribunal en el sitio indicado, se procedió a notificar al ciudadano DAVID JOSE MONTIEL VERA, titular de la Cédula de Identidad Número V-15.945.807 con el carácter de ENCARGADO, del estacionamiento de la Depositaria Judicial SANTA MARIA, C.A. y quién una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, expuso: “El vehículo que se señala se encuentra en este estacionamiento en calidad de depósito”. En este estado presente el apoderado judicial de la parte demandada, expuso: “Pido a este Tribunal que una vez llevada a efecto la notificación correspondiente proceda a darle cumplimiento a la medida decretada por el Tribunal de la causa y para tal efecto designe perito a fin de la identificicación del bien mueble (VEHICULO) objeto de la presente medida”. Vista la exposición este Tribunal procede a designar como Perito, al Ciudadano NILO ENRIQUE PORTILLO FEREIRA, titular de la Cédula de Identidad Número V-9.754.028 quien una vez impuesto del cargo recaído en su persona, expuso: “Acepto el cargo para el he sido designado”. Seguidamente le fue tomado el juramento de ley tanto de la manera siguiente: ¿Ciudadano NILO ENRIQUE PORTILLO FEREIRA, jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual ha sido designado? Contesto: “Si, lo juro”. Una vez llevada a efecto la juramentación correspondiente, presente el Perito, expuso: “Tratase de un bien mueble conformado por un vehículo: Marca: Toyota, Modelo: Corolla 1.6 m/t, Año: 2001, Color: Gris, Clase: Automóvil, Uso: Particular, Tipo Sedan, Serial de carrocería: 8XA53AEB112016012, Serial del Motor: 4AJ067949 y signado con el Nº de Placas: BAY01J. El vehículo anteriormente identificado presenta: rayón en parachoques delantero y trasero, golpe en maleta, faro delantero izquierdo roto, mica trasera del lado izquierdo rota, falta manilla del lado del chofer, falta encendedor de cigarrillo, no tiene radio reproductor y base, marcos de puerta del chofer desprendida, tapicería color gris de tela con forros de tela color negro y azul en buen estado, felpudos plásticos, cuatro 84) cauchos en uso con Rin de lujo en buenas condiciones, tiene un (1) caucho de repuesto con Rin de hierro en regulares condiciones, tiene gato hidráulico, llave cruz y alfombra en el maletero. Igualmente se deja constancia que el vehículo no enciende. El vehículo anteriormente identificado, se corresponde con el que






aparece en la comisión emanada del Tribunal de la causa y por cuanto es el mismo que aparece identificado en la comisión conferida, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE FORMALMENTE ENTREGA DEL BIEN MUEBLE (VEHICULO) ANTERIORMENTE IDENTIFICADO AL CIUDADANO MARIO RAFAEL PUERTA BORGES, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD No. V.- 11.392.810 PARTE DEMANDANDA EN EL PRESENTE PROCESO, TODO CONFORME A LO DECRETADO POR EL TRIBUNAL DE LA CAUSA Y ASI SE CONFIRMA. Asimismo se deja constancia que para el momento de la presente ejecución se contó con la custodia del Funcionario de la policía regional oficial técnico primero No. 3501 ALEXIS VARGAS. Cumplida como ha sido la presente comisión, el apoderado judicial de la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido Ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Siendo las ONCE Y CINCUENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (11:50 AM) se cierra la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:
EL NOTIFICADO:

ABOG. GUILLERMO INFANTE




EL PERITO:

EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA:
EL POSESIONADO:

LA SECRETARIA:


COMISION: N° 4602-10
EXP. 2423