REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

En hora de Despacho del día de hoy, VEINTIDOS DE JUNIO DEL 2010, siendo las DOCE DEL MEDIODÍA DEL DIA DE HOY, traslado fijado para el día de hoy jurada como fue la urgencia por la parte interesada, se traslada y constituye este tribunal ejecutor a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA INNOMINADA DE PROHIBICION DE INNOVAR LA COMPOSICION ACCIONARIA de las acciones del Ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, identificado más adelante, decretada por EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXPEDIENTE 56.952, en el juicio de DIVORCIO sigue la ciudadana ERICA RAMONA SANDREA PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 5.062.921, contra el ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. 16.302.506. Librando para ello despacho comisorio que luego de recibido en la oficina de recepción y distribución de documentos le fue asignado su conocimiento a este tribunal ejecutor según numero de distribución TM-EM- 1565-2010, de fecha 18/06/2010.-Seguidamente este tribunal en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora abogados en ejercicio ELENA MOLERO DE PADRON, y CARLOS ORDOÑEZ MOLERO, inscritos en el inpreabogado 12.430 y 89.831 respectivamente, se constituye en la dirección aportada por ellos la cual es: Aeropuerto Internacional de la Chinita, Zona de Carga, Edificio Venezolana, Avenida Don Manuel Belloso, Municipio Maracaibo Estado Zulia. Acto continuo se procedió a notificar del motivo de la presencia y constitución del tribunal ejecutor al ciudadano JORGE LUIS AÑEZ TINEO, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad 15.749.082, inscrito en el inpreabogado 119.006, quien dijo ser representante legal de la Sociedad Mercantil RUTAS AEREAS DE VENEZUELA RAV, S.A, a tales efectos mostró a este tribunal documento poder en copia simple fotostática donde consta el carácter con el cual actúa en este acto, debidamente autenticado por ante la Notaria Publica de San Francisco del Estado Zulia, de fecha 18 de febrero del 2009, anotado bajo el No.96, Tomo 20 de los libros respectivos de esa oficina notarial.-Acto seguido este tribunal procede a imponer del motivo de la presencia y constitución del tribunal ejecutor al notificado de autos, permitiendo la lectura integra del despacho comisorio, indicándole que el tribunal de la causa decretó MEDIDA INNOMINADA DE PROHIBICION DE INNOVAR LA COMPOSICION ACCIONARIA de las acciones del ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, ya identificado, en las siguientes empresas: 1) CIRCUITO RADIOELECTRICO AIRE C.A, donde el ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, posee catorce mil acciones, 2) AEROLINEAS MARACAIBO C,A, donde el ciudadano ya mencionado posee setenta mil acciones, 3) SERVICIOS Y SUMINISTROS AERONAUTICOS C.A., donde el ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, posee cinco mil acciones, 4) SERVICIOS TECNICOS AERONAUTICOS C.A, donde el ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, posee cincuenta mil acciones, 5) IMAGEN TOTAL II C.A., donde el ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, posee ciento diez mil acciones y por último en RUTAS AEREAS DE VENEZUELA RAF C.A., donde el ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, posee cuatro millones seiscientas quince mil acciones. Debiendo este tribunal ejecutor notificar al representante legal de dichas empresas que debe realizar la anotación correspondiente en los Libros de Accionistas de las referidas empresas, advirtiéndole que el ciudadano WILLIAN POSADA MACHADO, ya identificado, no podrá realizar ningún acto de disposición de las indicadas acciones.-Concluida la explicación de esta juzgadora, el notificado con el carácter de autos expone: “ Esta representación de RUTAS AEREAS DE VENEZUELA, señala que en este momento no se posee el libro de accionistas de la referida sociedad mercantil puesto que este es manipulado única y exclusivamente por Representantes de la Junta Directiva, es todo.-“ En este estado los apoderados judiciales de la parte actora exponen: “ Insistimos los apoderados de la parte actora en señalar tal y como se desprende de las actas de asambleas que corren en el tribunal de la causa como domicilio de las referidas compañías en el despacho ejecutor la dirección en la cual nos encontramos , es todo”.- Este tribunal vista la exposición que antecede de los apoderados judiciales de la parte actora deja expresa constancia que el lugar donde se encuentra constituido el mismo el cual fue señalado como sitio de ejecución por los apoderados judiciales de la parte actora, en las afueras del inmueble contiene un aviso que puede leerse con el emblema de VENEZOLANA, y en otro extremo del mismo se observa las siglas SAV, en la cartelera interna se observa una parte que hace mención a SERVICIOS AEREONAUTICOS DE VENEZUELA y en otra hace referencia e incluso en el cartel de jornada laboral a RUTAS AEREAS DE VENEZUELA. S.A, no pudiendo determinar esta juzgadora si la sede principal de las otras sociedades mercantiles a las cuales hace referencia el despacho comisorio se encuentran en el sitio señalado por los apoderados judiciales de la parte actora.- En consecuencia este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA, administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, cumple con la comisión conferida en los términos indicados en el despacho comisorio y que fueron fielmente transcritos en la presente acta. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, emolumento o dadiva, en cumplimiento a lo establecido en la norma fundamental.- Concluyó el acto siendo las DOS Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE DEL DIA DE HOY.- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ

Abog. ZIMARAY CARRASQUERO


LOS APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE ACTORA EL NOTIFICADO,















LA SECRETARIA,


Abg. LINDA AVILA.