REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 28 de junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO: OP02-V-2010-000096
PARTES INTERVINIENTES:
ACTORA: LEIDE YSABEL BERMUDEZ ZABALA, titular de la cédula de identidad N: 12.676.815, domiciliada en Los Cocos, Casa 2-64, Calle La playa, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta.

ASISTENCIA LEGAL: Abg. Yldegar García Gallipole, Defensor Público Primero en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.

DEMANDADA: ROBERTH LUIS CASTEÑANO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número 20.902.583, domiciliado en Taller Roberth Houling, Los Robles, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta.

MOTIVO: INQUISICION DE PATERNIDAD

Se inició el presente Asunto con ocasión a Demanda de INQUISICION DE PATERNIDAD incoada por la ciudadana LEIDE YSABEL BERMUDEZ ZABALA, antes identificada, asistida por el Abg. YLDEGAR GARCIA, Defensor Público en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, y en contra del ciudadano ROBERTH LUIS CASTEÑANO GONZALEZ, identificado en autos, y en beneficio de su hija ARANZA VALENTINA, admitida la misma y fijada para el día 28-06-2010 a las 9:00 am la oportunidad para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el Articulo 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, anunciado dicho Acto en la referida oportunidad a las puertas del Circuito Judicial de Protección, NO habiéndose constatado la presencia de las partes, ni por sí ni por intermedio de apoderados, es por lo que esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 521 de la citada Ley Especial, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana LEIDE YSABEL BERMUDEZ ZABALA, titular de la cédula de identidad número 12.676.815 dada su no comparecencia a la audiencia y TERMINADO éste Asunto mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, por lo que la demandante no puede volver a presentar su Demanda antes que transcurra un mes. No hay condenatoria en costas. Así se Declara. TERCERO: Remítase este Asunto al Archivo Regional para su custodia y cuido. Cúmplase
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en La Asunción, a los veintiocho (28) días del mes de junio del año 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza

Abg. Eudy Díaz Díaz.
La Secretaria
Abg. Joana Rodríguez.