REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 15 de Junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-004174
ASUNTO : NP01-P-2008-004174
Visto el escrito presentado en fecha 10 de Junio de 2010, por el ciudadano SIXTO JOSE VALDEZ MOTA, acusado de autos, mediante el cual solicita se le autorice la salida del país por un lapso de QUINCE (15) días a viajar a Cuba, porque padece la enfermedad de Vitiligo, ameritando efectuarse exámenes y chequeos en la Ciudad de la Habana, Cuba.
Al respecto, observa esta juzgadora que en la presente causa existe pautada la fecha de inicio del debate oral y público para el día: lunes 09 de Julio de 2010 a las 9:00 a.m. y se encuentra fijada una fecha muy cercana, con la posibilidad, siempre cierta de que se inicie el debate oral y público, razón por la cual; este Tribunal, considera procedente y ajustado a derecho, negar tal solicitud, en aras de garantizar las resultas del proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sin violentar el articulo 123 ejusdem, en virtud de que el mencionado Ciudadano se encuentra sometido a un proceso penal cuyo Juicio Oral y Publico esta pautado para la fecha mas próxima en la agenda única llevada por este Tribunal y así se decide.
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se declara SIN LUGAR LA SOLICITUD DE PERMISO DE VIAJE al acusado: SIXTO JOSE VALDEZ MOTA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro.(V).-10.301.758. Notifíquese a las partes de la siguiente decisión. Regístrese. Cúmplase.
La Juez
ABG. MARIA YNES RODRIGUEZ SALMON
La Secretaria