REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, cuatro de junio de dos mil diez
200º y 151º
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
MEDIACION
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-002637
PARTE ACTORA: ALFONSO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad: V-22.124.280.
PARTE DEMANDADA: CONTRATISTA PINTURAS GUTIERREZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Revisada como ha sido la transacción presentada, el día 31 de Mayo de 2010, suscrita por el ciudadano ALFONSO LOPEZ, titular de la cédula de identidad: V-22.124.280, asistido por la abogada en ejercicio LEONELA LOPEZ, Inpreabogado: 128.612; por una parte, y por la otra el abogado en ejercicio ROBERT CELIMENE ORTEGA, Inpreabogado: 63.929, apoderado judicial de la firma unipersonal CONTRATISTA PINTURA GUTIERREZ; todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada; pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se ordena agregar al expediente las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar; Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.
Abog. Joselyn Urdaneta.
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