REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, uno de junio de dos mil diez
200º y 151º


DESISTIMIENTO.

ASUNTO : VP01-L-2009-002237
PARTE ACTORA: ALEXANDER JOSE ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad: V-10.424.758.
PARTE DEMANDADA: Sociedades Mercantiles R&M TRAINING GROUP C.A. y R&M TRAINING GROUP DE VENEZUELA C.A.,
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy 01 de junio de 2010, siendo las 10:30 a.m.; oportunidad fijada para dar inicio a la Audiencia Preliminar en el presente juicio, estando presente el ciudadano ALLAN A. ARCAY GONZALEZ, Inpreabogado: 83.349, en su condición de apoderado judicial de las demandadas Sociedades Mercantiles R&M TRAINING GROUP C.A. y R&M TRAINING GROUP DE VENEZUELA C.A., representación que consta en documentos poder que presenta y se ordenan agregar constante de 04 folios útiles; en este estado el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano ALEXANDER JOSE ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad: V-10.424.758, por cuanto no estuvo presente ni por sí, ni por apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; ordenando se archive definitivamente el expediente una vez firme la presente decisión. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200º y 151º
LA JUEZ,



DRA. JUDITH CASTRO.

LA SECRETARIO,



ABOG. Joselyn Urdaneta.
Apoderado de las demandadas.