REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 17 de junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO: VP01-L-2010-001052
AUTO

Visto el contenido del Acta (y demás anexos que anteceden), suscrita por las partes de la presente causa (demandante y demandada), vale decir, por el ciudadano HUGO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 13.609.753, debidamente asistido por el ciudadano Abogado LEONARDO NOGUERA y, la ciudadana Abogada DIANELA FERNÁNDEZ, actuando en su acreditada condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil NOMADAS TALLER DE ARQUITECTURA Y DISEÑO C.A., contentiva de la Transacción celebrada por las mismas, este Tribunal procede de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos laborables de carácter irrenunciable del referido trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA. Se difiere el archivo definitivo del expediente, hasta tanto conste en actas el pago total de la cantidad transigida.

El Juez


Abog. Samuel Santiago Santiago


La Secretaria


Abog. Ana Mireya Pérez