REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Superior del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, treinta de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: VP01-R-2010-000221


ACTA



Se continuó con la sesión presidida por el ciudadano Juez MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ, con la asistencia del Secretario RAFAEL HIDALGO y el Alguacil Nick Montenegro.

Constituido el Juzgado en la Sala de Audiencias de la Coordinación Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las doce meridiano (12:00 m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la continuación de la audiencia prevista en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en relación con el recurso ejercido por la parte demandada y demandante, contra la sentencia de fecha 12 de mayo de 2010, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por cobro de diferencias de prestaciones sociales sigue el ciudadano DAVID DELGADO en contra de M.G.H. PROTECCIÓN INTEGRAL C.A.

Se deja constancia de la representación judicial de la parte actora recurrente, abogado Alberto Romero; asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la representación judicial de la parte demandada recurrente, abogada Mery Ferrer.

Seguidamente, el Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra la sentencia de fecha 12 de mayo de 2010, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano el ciudadano DAVID DELGADO en contra de M.G.H. PROTECCIÓN INTEGRAL C.A. SE CONFIRMA el fallo apelado. NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS a la parte actora en cuanto al recurso de apelación, en virtud de lo que establece el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se retira el Juez y se ordena la publicación y registro de la presente decisión.

EL JUEZ,


MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ.


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE,


EL SECRETARIO,


RAFAEL HIDALGO.
MAUH/rjns