REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE CONTROL
MARACAIBO, 15 DE JULIO DE 2010
200° y 151°

Vista el escrito presentado por el ABOG. LEONEL ESPINA en su carácter de Fiscal 11º del Ministerio Público, mediante el cual solicita de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, Mandato de Conducción para el ciudadano HUGO BELLORIN Este tribunal considera:

Se indica en actas que la investigación seguida en contra del adolescente mencionado, esta signada con el No. 24-F-11-1445-09 por la presunta comisión del delito de ESTAFA en perjuicio de Yhony Fuenmayor.

Se evidencia de la solicitud Fiscal que dicho ciudadano fue citado para asistir al Despachó Fiscal los días 11, 14 y 18 de Diciembre del 2009 a fin de que rindiera declaración en la investigación que se adelanta, sin que el mismo atendiera el llamado de la autoridad, razón por la cual Tribunal estima procedente en derecho y de conformidad con el articulo 310 del Còdigo Orgánico Procesal Penal acuerda proveer de acuerdo a lo solicitado y ordenar la CONDUCCIÓN mediante la fuerza publica de HUGO BELLORIN quien puede ser ubicado en Avenida el Milagro, Centro Comercial Lago Caribe, local 11 diagonal, a Prosein, Estado Zulia, hasta la sede de la Fiscalia solicitante, con el objeto de que se cumpla con el requerimiento fiscal y sea entrevistado sobre los hechos que se investigan relacionados con la Causa N° 24-F-11-1445-09, comisionando para ello a Funcionarios Adscritos a Policia Municipal de Maracaibo quienes deberán dar cumplimiento a la Orden Judicial bajo la supervisión del Ministerio Publico, con el debido respeto de los derechos Constitucionales y Legales del ciudadano HUGO BELLORIN y su Dignidad Humana .Y ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, ORDENA la CONDUCCIÓN mediante la Fuerza Publica del ciudadano HUGO BELLORIN quien puede ser ubicado en Avenida el Milagro, Centro Comercial Lago Caribe, local 11 diagonal, a Prosein, Estado Zulia, con el objeto de que se cumpla con el requerimiento fiscal y sea entrevistado sobre los hechos que se investigan relacionados con la Causa N° 24-F-11-1445-09, comisionando para ello a Funcionarios Adscritos a Policia Municipal de Maracaibo quienes deberán dar cumplimiento a la Orden Judicial bajo la supervisión del Ministerio Publico, con el debido respeto de los derechos Constitucionales y Legales del ciudadano HUGO BELLORIN. Todo de conformidad con el articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Remítase las actuaciones al Ministerio Publico Cúmplase con lo ordenado.
ABOG. MARIA JOSE ABREU BRACHO


JUEZ SEXTO DE CONTROL TEMPORAL

EL SECRETARIO

ABOG. RICHARD ECHETO MAS Y RUBI

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto y se asigno número de Resolución 703 -10 -
EL SECRETARIO,