REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 3

Maracaibo, 02 de julio de 2010
200º y 151º


Recibida la anterior solicitud de MEDIDAS con ocasión del Juicio iniciado el día 02 de julio de 2010, incoada por la ciudadana: quien labora para la empresa Trans Alquila Lawrence C.A, ubicada en la avenida el Milagro en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, obrando en interés y beneficio de la niña y/o adolescente:XXXXXXXXXXXXXXX. Désele entrada, fórmese pieza de medidas otorgándole la misma numeración de la pieza principal No.16814.En consecuencia, a fin de asegurar el cumplimiento de la obligación de manutención, tal como lo dispone el artículo 381 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 521 ejusdem y tomando en consideración que en actas no reposa la constancia de la capacidad económica del demandado, necesaria para calcular el monto de la Obligación de Manutención mensual en salarios mínimos, tal como lo establece el 369 ejusdem, esta sentenciador haciendo uso de las atribuciones que le confiere la ley para garantizar las mismas, decreta Medida de Embargo Preventivo, ordenándose retener:
a) El treinta por ciento (30%) del ingreso mensual que percibe el obligado el ciudadano Fredy Manuel Serna Martínez, antes identificado.
b) El treinta por ciento (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de utilidades o bonificación especial de fin de año.
c) El treinta por ciento (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de bono vacacional.
d) El Cincuenta Por Ciento (50%) sobre Prestaciones Sociales, fideicomiso y Caja de Ahorro que le puedan corresponder al obligado de autos.
e) El Cien Por Ciento (100%) sobre primas por hijos, útiles escolares o ayuda especial, en caso de gozar de este beneficio, conceptos estos que le han de corresponder al ciudadano Fredy Manuel Serna Martínez, antes identificado.
Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales a, b, c, d y e deberán ser remitido a este Juzgado en figura de cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN45 JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL No. 3.
En tal sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 179, literal C de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se ordena comisionar al JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS ESPECIALES DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a fin de que sirvan ejecutar las medidas decretadas por este tribunal. Así se decide. Líbrese Despacho de Comisión y Ofíciese.
El Juez Unipersonal No. 3 (Temporal):


Abg. Gustavo Alfonso Villalobos Romero
La Secretaria,


Abg. Carmen Vilchez Carrero




Se registro en el libro de Sentencias Interlocutorias bajo el Nº 10


GVR/CV/JenniferS
EXP.16814